Las entidades de formación que impartan acciones formativas deberan realizarán aquellas actuaciones de evaluación de la calidad de la formación que consideren adecuadas para asegurar la eficacia, eficiencia y calidad de los programas formativos.

En todo caso, dichas actuaciones se fundamentarán en el modelo de evaluación de la calidad de los centros de formación para el empleo de La Rioja, el cual se estructura en los siete ámbitos definidos en el artículo 2.d del Anexo I de la Orden TMS/369/2019. Son los siguientes:

  1. Planificación estratégica de la oferta formativa
  2. Infraestructura y equipamiento formativo
  3. Materiales de aprendizaje
  4. Gestión de la actividad del personal formador y del personal tutor-formador
  5. Gestión de la evaluación del aprendizaje
  6. Gestión documental y administrativa
  7. Actuaciones de orientación y mejora de la empleabilidad.

Estos ámbitos se desarrollan mediante subámbitos, 25 en total, que son los temas o contenidos que deben tenerse en cuenta para evaluar la calidad de cada ámbito. Se recogen en los siguientes cuadros.