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Centros propios

¿Cuáles son los Centros Propios de Formación Profesional?

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Centros integrados


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Guía de centros propios

Los CENTROS PROPIOS son aquellos centros educativos públicos y centros de formación profesional integrados, dependientes de la Administración Autonómica de La Rioja, que imparten Formación Profesional para el Empleo.

Para la ejecución de estas acciones formativas, estos centros deben seguir las instrucciones establecidas en la guía de gestión que pueden descargarse en el siguiente enlace:


guia-de-centros-propios

  • ¿Qué acciones formativas pueden impartir los centros propios?

    • Acciones formativas que se correspondan con Grados A, B o C del Catálogo Nacional de Ofertas de Formación ProfesionalEste enlace se abrirá en una ventana nueva:
        • Grado A: Acreditaciones parciales de competencia o Microacreditaciones
        • Grado B: Certificado de Competencia
        • Grado C: Certificado Profesional
    • Acciones formativas incluidas en el Catálogo de Especialidades Formativas del Servicio Público de Empleo Estatal Este enlace se abrirá en una ventana nueva(SEPE).
  • ¿Cuál es la herramienta informática de gestión de la formación?

    Todas las entidades de formación y los centros propios cuentan con una herramienta informática de gestión de la formación que imparten. Se denomina SIGFE-EVAFOR Este enlace se abrirá en una ventana nueva y para acceder a ella es preciso solicitar el acceso al Servicio de Formación Permanente.

    Para iniciar una acción formativa es necesrio grabar en la herramienta SIGFE-EVAFOR Este enlace se abrirá en una ventana nueva el proyecto formativo vinculado a cada una de las acciones formativas a impartir. Este proyecto incluirá:

      • Planificación didáctica
      • Programación didáctica
      • Planificación de la evaluación.
  • ¿El centro tiene autorizadas/inscritas las especialidades formativas que quiere impartir?

    El centro debe inciar el procedimiento siguiendo las instrucciones de la GUÍA DE GESTIÓN DE CENTROS PROPIOS.

    La tramitación se realizará a través de la herramienta "ABC comunicaciones", por el responsable jurídico del centro propio.

  • ¿Cuál es el procedimiento de autorización de un Grado A, B o C?

    Para una acción formativa de Grado A, B o C se pueden dar dos situaciones diferentes:

    • Si el centro imparte grados D de Formación Profesional (ciclos de grado BÁSICO, MEDIO o SUPERIOR) de determinadas familias profesionales y solicita realizar grados A, B o C de formación para personas trabajadoras, de las mismas familias profesionales que imparte (fruto de la desagregación de los Grados D), puede solicitar su impartición sin más trámite que presentar su solicitud en el MODELO SOLICITUD (ANEXO II).


    • En el caso de que desee impartir grados A, B o C de formación para personas trabajadoras, de otras familias profesionales, se deberá contar con las instalaciones adecuadas que serán supervisadas y autorizadas por el Servicio de Formación Permanente. para ello el centro deberá solicitar la correspondiente autorización en el MODELO SOLICITUD de autorización de ofertas formativas del Catálogo Nacional de Ofertas de Formación Profesional y sus ANEXOS.



  • ¿Cuál es el procedimiento de inscripción de una especialidad formativa del S.E.P.E.?

    Para acciones formativas del Catálogo de Especialidades Formativas del SEPE se deberá presentar: MODELO DECLARACIÓN RESPONSABLE.


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