Decreto 628/2022, de 26 de julio, por el que se modifican varios reales decretos para la aplicación de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, a las enseñanzas artísticas y las enseñanzas deportivas, y la adecuación de determinados aspectos de la ordenación general de dichas enseñanzas.
Real Decreto 700/2019, de 29 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 1850/2009, de 4 de diciembre, sobre expedición de títulos académicos y profesionales correspondientes a las enseñanzas establecidas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, para fijar el formato, el contenido y el soporte documental del Suplemento Europeo al Título de las Enseñanzas Artísticas.
Real Decreto 1850/2009, de 4 de diciembre, sobre expedición de títulos académicos y profesionales correspondientes a las enseñanzas establecidas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Corrección de errores del Real Decreto 1850/2009, de 4 de diciembre, sobre expedición de títulos académicos y profesionales correspondientes a las enseñanzas establecidas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA RIOJA, A TRAVÉS DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO Y LA UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE LA RIOJA PARA LA IMPARTICIÓN DE LOS ESTUDIOS CONDUCENTES A LA OBTENCIÓN DEL CERTIFICADO OFICIAL DE FORMACIÓN PEDAGÓGICA Y DIDÁCTICA EQUIVALENTE A LA EXIGIDA EN EL ARTÍCULO 100.2 DE LA LEY ORGÁNICA 2/2006, DE 3 DE MAYO, DE EDUCACIÓN.
CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA RIOJA, A TRAVÉS DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO Y LA UNIVERSIDAD DE LA RIOJA PARA LA IMPARTICIÓN DE LOS ESTUDIOS CONDUCENTES A LA OBTENCIÓN DEL CERTIFICADO OFICIAL DE FORMACIÓN PEDAGÓGICA Y DIDÁCTICA EQUIVALENTE A LA EXIGIDA EN EL ARTÍCULO 100.2 DE LA LEY ORGÁNICA 2/2006, DE 3 DE MAYO, DE EDUCACIÓN.
Las Secretarías de los Centros informarán a los interesados sobre el procedimiento de solicitud de títulos y, en su caso, del abono de las tasas correspondientes.
A partir del 1 de octubre de 2024, el pago de las tasas asociadas a la expedición de títulos deberá realizarse exclusivamente mediante la plataforma telemática GRIAR.
ANEXO I - EXPEDICIÓN TITULOS 2024 (94.9 KB) (2 páginas)
INSTRUCCIONES PARA LOS CENTROS DEL USO DE GRIAR (2.7 MB)
INSTRUCCIONES PARA EL ALUMNADO USO DE GRIAR V2 (2.6 MB)
La tramitación se hará a través de la página virtual del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Para ello hay que realizar los siguientes pasos:
