EQUIVALENCIA GRADUADO ESCOLAR / GRADUADO EN ESO / BACHILLER /OTRAS TITULACIONES ANTERIORES.
El reconocimiento de equivalencia es un documento que acredita que el título que se obtuvo o los estudios que se hicieron con un sistema educativo anterior equivalen a un título académico vigente.
El reconocimiento de la equivalencia puede tener efectos académicos y laborales:
Este reconocimiento no da derecho a la obtención del título con el cual se establece la equivalencia.
La mayoría de las equivalencias ya están reconocidas por la normativa y no se tiene que hacer ningún trámite para acreditarlas. En el caso de que la norma no recoja la equivalencia, se debe solicitar un certificado individualizado.
Si no tienes que pedir el reconocimiento: Para acreditar la equivalencia solo tienes que presentar el título o la documentación de los estudios superados y una nota informativa de equivalencia que lo explique.
Si necesitas un reconocimiento personalizado:Tienes que solicitar el reconocimiento de equivalencia para obtener una resolución individualizada.
En este documento de la Subdirección General de Ordenación Académica del Ministerio de Educación aparecen las:
En el Boletín Oficial del Estado del día 5 de octubre de 2011 aparece publicada la:
Orden EDU/2645/2011, de 23 de septiembre
, por la que se establece la formación equivalente a la formación pedagógica y didáctica exigida para aquellas personas que estando en posesión de una titulación declarada equivalente a efectos de docencia no pueden realizar los estudios de máster.
Orden ECD/1058/2013, de 7 de junio
, por la que se modifica la Orden EDU/2645/2011, de 23 de septiembre.