Reúnen este requisito quienes estén en posesión del título oficial de Máster Universitario que habilite para el ejercicio de las profesiones reguladas de Profesor de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Escuelas Oficiales de Idiomas.
Aquellos aspirantes que acrediten haber obtenido, con anterioridad al 1 de octubre de 2009, alguno de los siguientes requisitos:
- Título Profesional de Especialización Didáctica, del Certificado de Cualificación Pedagógica o del Certificado de Aptitud Pedagógica (CAP).- Título de Maestro, Diplomado en Profesorado de Educación General Básica, Maestro de Primera Enseñanza así como del Título de Licenciado en Pedagogía y Psicopedagogía
- Una licenciatura o titulación equivalente que incluya formación pedagógica y didáctica.
- Haber impartido docencia durante un mínimo de 12 meses en centros públicos o privados de enseñanza reglada debidamente autorizados, en las enseñanzas de Educación secundaria obligatoria o de Bachillerato, de Formación Profesional o de Escuelas Oficiales de Idiomas.
No. Únicamente dispensa el estar en posesión de la Licenciatura en Pedagogía y Psicopedagogía.
El Ministerio de Educación considera que los siguientes títulos incluyen formación pedagógica y didáctica, a efectos de lo establecido en la Disposición transitoria octava de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación:
1.- Grado Superior de Música.
-Título Superior de Música: Pedagogía del Lenguaje y la Educación Musical
-Título Superior de Música: Pedagogía del Canto
-Título Superior de Música: Pedagogía del Acordeón
-Título Superior de Música: Pedagogía del Arpa
-Título Superior de Música: Pedagogía del Clarinete
-Título Superior de Música: Pedagogía del Clave
-Título Superior de Música: Pedagogía del Contrabajo
-Título Superior de Música: Pedagogía del Fagot
-Título Superior de Música: Pedagogía de la Flauta Travesera
-Título Superior de Música: Pedagogía de la Flauta de Pico
-Título Superior de Música: Pedagogía de la Guitarra
-Título Superior de Música: Pedagogía de los Instrumentos de Púa
-Título Superior de Música: Pedagogía del Oboe
-Título Superior de Música: Pedagogía del Órgano-Título Superior de Música: Pedagogía de la Percusión
-Título Superior de Música: Pedagogía del Piano
-Título Superior de Música: Pedagogía del Saxofón
-Título Superior de Música: Pedagogía de la Trompa
-Título Superior de Música: Pedagogía de la Trompeta
-Título Superior de Música: Pedagogía del Trombón
-Título Superior de Música: Pedagogía de la Tuba
-Título Superior de Música: Pedagogía de la Viola
-Título Superior de Música: Pedagogía de la Viola da Gamba
-Título Superior de Música: Pedagogía del Violín
-Título Superior de Música: Pedagogía del Violoncello
2.- Grado Superior de Danza.
-Título Superior de Danza: Pedagogía de la Danza
El Ministerio de Educación ha informado que son las Universidades las encargadas de expedir, en su caso, un certificado en el que acrediten que una determinada licenciatura incluye la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.Únicamente serán dispensados del requisito de la formación pedagógica y didáctica quienes presenten el certificado expedido por la Universidad correspondiente, no admitiéndose ningún otro documento (expediente académico de la licenciatura…)
En centros públicos o privados de enseñanza reglada, debidamente autorizados, en los niveles y enseñanzas cuyas especialidades docentes se regulan en el Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre.
No.