La consulta preliminar del mercado prevista en la Ley de Contratos del Sector Público, es una herramienta que incide sobre los objetivos de búsqueda de una mejor relación calidad-precio y mayor transparencia en la contratación pública.

Permite al órgano de contratación realizar estudios de mercado y dirigir consultas a los operadores económicos que estuvieran activos en el mismo con la finalidad de preparar correctamente la licitación e informar acerca de los planes y de los requisitos que se exigirán para concurrir al procedimiento.

A la finalización de la consulta, el órgano de contratación elaborará un informe con las actuaciones realizadas que formará parte del expediente de contratación.

La participación en la consulta no otorgará derecho ni preferencia alguna respecto de la adjudicación de los contratos que pudieran celebrarse con posterioridad y como consecuencia de ella. No impide la posterior intervención en el procedimiento de contratación que en su caso se tramite.