Gobierno de La Rioja

Núm. 20
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Viernes 15 de febrero de 2019
MANCOMUNIDAD DE ENTRENA Y SOJUELA
III..547

Aprobación definitiva del Presupuesto General para el año 2019

De conformidad con los artículos 112.3 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, el artículo 127 del Texto Refundido de Régimen Local, aprobado por el R.D.L. 781/1986, de 18 de abril y el artículo 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y habida cuenta que el Ayuntamiento de Entrena, en sesión celebrada el día 26 de diciembre de 2018, adoptó el acuerdo de aprobación inicial del Presupuesto General de esta entidad para el ejercicio 2019, que ha resultado definitivo al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición pública, se hace constar lo siguiente:

  Estado de Ingresos  
Capítulo Denominación Importe/euros
  A) Operaciones Corrientes  
1 Impuestos Directos 0,00
2 Impuestos Indirectos 0,00
3 Tasas y otros ingresos 68.000,00
4 Transferencias corrientes 5.680,00
5 Ingresos patrimoniales 20,00
  B) Operaciones de capital  
6 Enajenación de inversiones reales 0,00
7 Transferencias de capital 6.000,00
8 Activos financieros 0,00
9 Pasivos financieros 0,00
  Total Ingresos: 79.700,00

  Estado de Gastos  
Capítulo Denominación Importe/euros
  A) Operaciones corrientes  
1 Gastos de personal 4.457,49
2 Gastos en bienes corrientes y servicios 69.142,51
3 Gastos financieros 100,00
4 Transferencias corrientes 0,00
  B) Operaciones de capital
 
6 Inversiones reales 6.000,00
7 Transferencias de capital 0,00
8 Activos financieros 0,00
9 Pasivos financieros 0,00
  Total Gastos: 79.700,00

De conformidad con lo establecido en el artículo 171.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, contra la aprobación definitiva del Presupuesto podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo, por los legitimados, según el artículo 170.1 y por los motivos expuestos en el artículo 170.2, en el plazo previsto por la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, a contar desde el día siguiente hábil al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de La Rioja.

Entrena a 8 de febrero de 2019.- El Presidente, Esteban Pérez Díez.

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