Gobierno de La Rioja

Núm. 123
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Lunes 22 de octubre de 2018
CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y HACIENDA
III..3287

Resolución 640/2018, de 19 de octubre, de la Secretaria General Técnica de la Consejería de Administración Pública y Hacienda, por la que se dispone la publicación del acuerdo de Consejo de Gobierno, de 19 de octubre de 2018 por el que ratifica el Acuerdo de la Mesa General de Negociación prevista en el artículo 36 del Estatuto Básico del Empleado Público, en materia de recuperación de derechos de los empleados públicos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja

En uso de las atribuciones conferidas, se dispone la publicación del Acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno en su reunión celebrada el día 19 de octubre de 2018, cuyo texto se transcribe a continuación.

'Primero. Ratificar el Acuerdo de la Mesa General de Negociación prevista en el artículo 36 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en materia de recuperación de derechos de los empleados públicos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja, negociado con la Mesa los días 25 de mayo, 6, 25 y 27 de julio y 7 de septiembre de 2018, con el voto favorable de las organizaciones sindicales U.G.T. y CC.OO.

Segundo. Facultar al Excmo. Sr. Presidente del Gobierno de La Rioja para la firma del Acuerdo correspondiente.'

El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.

Anexo. Acuerdo de la Mesa General

Primero.- Jornada laboral de los empleados públicos de la Administración General y Organismos Autónomos de la Comunidad Autónoma de la Rioja.-

Las partes acuerdan la implantación progresiva de la jornada ordinaria de trabajo de 35 horas semanales tanto en la Administración. General como en los Organismos Autónomos dependientes de ésta. Esta implantación se efectuará de la siguiente manera:

A partir del 1 de enero de 2019, la jornada ordinaria de trabajo será de 36 horas semanales y a partir del 1 de enero de 2020, la jornada ordinaria de trabajo será de 35 horas semanales.

La determinación de la jornada en cómputo anual y el establecimiento de los criterios para su distribución, serán precisados en las correspondientes Comisiones Paritarias del Acuerdo y del Convenio colectivo que regulan las condiciones de trabajo del personal funcionario y laboral de la Comunidad Autónoma de La Rioja y del Acuerdo que regula las condiciones de trabajo del personal del Servicio Riojano de Salud.

Las partes acuerdan igualmente la siguiente distribución de la jornada para personal docente no universitario de enseñanza secundaria:

A partir del curso escolar 2019/2020, el personal docente de nivel no universitario de enseñanza secundaria realizará 19 horas lectivas en cómputo semanal y a partir del curso escolar 2020/2021, las horas lectivas semanales se reducirán a 18.

Segundo.- Recuperación del 100% del complemento de Incapacidad Temporal en el Sector público de la Comunidad Autónoma de la Rioja.-

Las partes acuerdan que el personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja debe percibir el 100 por 100 de sus retribuciones durante la situación de Incapacidad Temporal, sea cual sea la contingencia que la genere.

Para dar cumplimiento a tal medida, la Administración modificará el Decreto 71/2012, de 28 de diciembre, por el que se regulan, con carácter general para todos los empleados del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, los complementos retributivos que complementan las prestaciones económicas de la seguridad social en las situaciones de incapacidad temporal.

La efectividad de la medida tendrá efectos desde el día siguiente a su publicación.

Tercero.- Permiso de Paternidad.-

Se incrementará de forma progresiva el número de semanas del permiso de paternidad hasta su equiparación con el permiso de maternidad, de manera que a partir del 1 de enero de 2019, el permiso por paternidad tenga una duración de nueve semanas, incrementándose en tres semanas adicionales por cada año, hasta su equiparación definitiva con el de maternidad.

Cuarto.- Empleo Público.-

Las partes acuerdan que las Ofertas de Empleo Público y los procesos de estabilización que se aprueben previa negociación, ofertarán en todos los sectores el máximo de plazas permitidas por las diferentes leyes de presupuestos en atención a las tasas de reposición que se prevean, con el fin de disminuir la temporalidad hasta un máximo del 8%.

Quinto.- Fondos Adicionales.-

Las partes acuerdan destinar en el ejercicio 2018 un fondo económico adicional equivalente al 0,20% de masa salarial que se destinará a la carrera profesional de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja u otras de las medidas previstas en el artículo 18 Dos de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, previa negociación en el seno de la Mesa General.

Logroño a 19 de octubre de 2018.- La Secretaria General Técnica de la Consejería de Administración Pública y Hacienda, María Teresa Azofra Sotés

¿Te ha resultado útil el contenido de esta página?
¡Gracias por tu valoración!
Al 63% de las personas esto les resultó útil.
Subir