Aprobación definitiva modificación de tarifas de tasa de recogida y tratamiento de basuras y residuos sólidos urbanos
No habiéndose presentado reclamaciones contra el acuerdo de modificación provisional de tarifas de la tasa prestación del servicio de recogida y tratamiento de basuras y residuos sólidos urbanos, adoptado por el Pleno de la Corporación en sesión de fecha 7 de octubre de 2004, se procede a la publicación del texto íntegro del artículo modificado, entrando en vigor el 1 de enero de 2005 de conformidad con lo dispuesto en los Arts. 17.4 del Texto Refundido de las Haciendas Locales, 70.2 y 65 de la Ley 7/85, Bases de Régimen Local.
Modificación Art. 4 de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa de recogida y tratamiento de basuras y residuos sólidos urbanos.
Art. 4.- Las bases de percepción y tipo de gravamen quedarán determinadas en la siguiente tarifa:
a) Vivienda de carácter familiar: 70,00.-Euros/Año.
B) Bares, cafeterías o establecimientos similares: 100,00.-Euros/Año.
C) Hoteles, fondas, residencias, etc.: 100,00.-Euros/Año.
D) Locales industriales: 100,00.-Euros/Año.
E) Locales comerciales: 100,00.-Euros/Año.
Contra dicho acuerdo y Ordenanza modificada podrán los interesados interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de los Contencioso-Administrativo de Logroño en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.
Torrecilla en Cameros a 23 de noviembre de 2004.- La Alcaldesa