La Orden DEA/2/2021, de 11 de enero, (BOR nº 10, de 15 de enero) aprobó las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a la artesanía, con el fin de promover en cada ejercicio presupuestario la consignación de crédito para financiar gastos corrientes y de inversión del sector artesano, abriendo las correspondientes líneas de ayudas o subvenciones que permitan un adecuado desarrollo de los objetivos marcados así como un mayor grado de corresponsabilidad del sector artesano y sus asociaciones profesionales en la consolidación del sector como actividad económica, producto cultural y recurso turístico. Tras la experiencia derivada de la convocatoria de 2021 se ha procedido a la modificación de ciertos aspectos para adecuarse a la realidad del sector artesanal y fomentar un mayor acceso de las empresas artesanas a las líneas de ayudas establecidas.

La promoción y dinamización de la artesanía se realizará a través de dos ejes de actuación:

a) Eje 1. Implantación, desarrollo y consolidación de la actividad artesana.

En este eje se contemplan actuaciones encaminadas al estímulo de la actividad artesana impulsando la competitividad de las empresas artesanas existentes y el fomento de la apertura de nuevos talleres dentro de las actividades y oficios artesanos incluidos en el Repertorio de Oficios y Actividades Artesanales de La Rioja. Se consideran actividades subvencionables: la asistencia a ferias, mercados y eventos artesanos; la promoción y comercialización de productos artesanos; la participación en actividades de formación y la implantación, ampliación o reforma, traslado y modernización de talleres artesanos.

b) Eje 2. Dinamización del sector artesano.

A través de este eje, desde las Asociaciones de artesanos y Entidades Locales se promueve el desarrollo de las actividades de promoción del sector artesano, siendo subvencionables:

- En el supuesto de Entidades Locales:

- La organización de ferias, mercados y eventos en sus municipios.

- La organización de programas de actividades de formación dirigidos a empresas artesanas.

- En el supuesto de Asociaciones de Artesanos:

- La organización de ferias, mercados y eventos.

- La organización de programas de actividades de formación dirigidos a empresas artesanas.

- Las acciones de promoción del sector artesano.

- Las acciones necesarias para el diseño, consultoría, ejecución y evaluación de las acciones desarrolladas por la asociación para la dinamización del sector.


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