La Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, atribuye a los Ayuntamientos las competencias en materia de gestión, liquidación, inspección y recaudación de sus tributos propios, así como la imposición de contribuciones especiales, precios públicos y tasas, sin perjuicio de la colaboración que en dichas gestiones puedan establecer con las Comunidades Autónomas u otras Entidades Locales en cuyo territorio estén integradas.

La Comunidad Autónoma de La Rioja en 2010 aprobó nuevos modelos de Convenios a suscribir con los Ayuntamientos, al objeto de realizar las gestiones tributarias y recaudatorias de los Impuestos, Tasas, Contribuciones Especiales, Precios Públicos y demás Ingresos de derecho público. En virtud de ello, 168 Ayuntamientos más la Entidad Local Menor de Santa Lucía de Ocón, encomendaron a la Comunidad Autónoma de La Rioja la gestión y recaudación de sus tributos.

La Comunidad Autónoma de La Rioja, una vez creada la infraestructura administrativa y funcional necesaria para llevar a cabo tal servicio, ha puesto a disposición de los contribuyentes diversas oficinas, denominadas Puntos de Atención al Contribuyente.

Destacamos:

punto contribuyente Nuevo convenio para la aplicación de los ingresos de derecho público municipales 2014

mapa ayuntamientos Acceso a Ayuntamientos con convenio

pago telemático tributos locales y deudas de derecho público en apremioPago telemático de tributos locales y deudas de derecho público en via ejecutiva