TASA: modalidad de tributo estatal, autonómico o local, cuyo hecho imponible consiste en la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público, la prestación de un servicio público o la realización por la Administración de una actividad en régimen de derecho público que afecte o beneficie de modo particular al sujeto pasivo.
TASACIÓN PERICIAL CONTRADICTORIA: procedimiento promovido por el interesado contra el acto de comprobación de valores debidamente notificado, dentro del primer plazo de recurso o reclamación que proceda contra la liquidación efectuada de acuerdo con los valores comprobados administrativamente.
El obligado tributario puede oponerse a la comprobación de valores formulando una valoración de parte, que, en el caso de discrepar sustancialmente de la propuesta por la Administración, debe ser resuelta por un perito tercero.
TASADOR: persona con conocimientos técnicos que fija y determina el precio de las cosas según su valor. También denominado perito.
TIPO DE GRAVAMEN: es la cifra, coeficiente o porcentaje que se aplica a la base liquidable para obtener como resultado la cuota íntegra.
TRIBUTOS: son los ingresos públicos que consisten en prestaciones pecuniarias exigidas por una administración pública como consecuencia de la realización del supuesto de hecho al que la ley vincula el deber de contribuir, con el fin primordial de obtener los ingresos necesarios para el sostenimiento de los gastos públicos. Se clasifican en tasas, contribuciones especiales e impuestos.