En aplicación del artículo 33.1 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, vigente desde el 18 de marzo de 2020 y aplicable a las Comunidades Autónomas y Entidades Locales de acuerdo con el artículo 53 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19, y de la DA 1ª del Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo, el plazo de vencimiento de la PRIMERA VOLUNTARIA de los tributos locales gestionados por delegación queda ampliado hasta el 1 de junio de 2020 (al ser el 30/5/2020 día inhábil).