ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

La suscripción de Convenios de Colaboración e Intercambio de Información con Administración, Instituciones y Entidades, supone un incremento notable de la información y de las posibilidades de control y de atención al contribuyente de la Dirección General de Tributos

14.- Establecimiento de Convenios con las Administraciones Locales= 100% ejecutada.

El establecimiento de Convenios con las Administraciones Locales, concretamente, supone por una parte:

    • Intecambiar información.
    • Propiciar la inspección, por parte de los entes locales, de los impuestos para cuya gestión tengan competencia, aunando esfuerzos en la lucha contral el fraude en el ámbito municipal y obteniendo retornos de información valiosos especialmente para la persecución de la economía sumergida y para el control de los incumplimientos.

Recientemente, el Gobierno de La Rioja por Resolución Nº 2018/777 del 19 de junio del Consejero de Administración Pública y Hacienda, ha aprobado el Convenio Tipo de Colaboración entre la Comunidad Autónoma de La Rioja y las Entidades Locales para la Aplicación de los Ingresos de Derecho Público Municipales, al objeto de realizar la aplicación y revisión de los Impuestos, Tasas, Contribuciones Especiales, Precios Públicos y demás Ingresos de derecho público. En virtud de ello, los Ayuntamientos pueden encomendar dichas competencias a la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Se puede consultar toda la información en nuestra página Web en el Área de Tributos/ Oficina Virtual Tributaria Municipios (OVM).Este enlace se abrirá en una ventana nueva

15.- Desarrollo y ampliación del convenio de colaboración con la AEAT con objeto de introducir nuevos intercambios de información sobre materias no contempladas en el actualmente vigente=100% ejecutada, como por ejemplo:

    • Censos de contribuyentes para intercambios de información.
    • Intercambios de información de entidads que tributan en varias administraciones.
    • Intercambios de información patrimonial con finalidades recaudatorias.

  • Adenda al Convenio de Recaudación AEAT – C.A.R:

Resolución de 31 de octubre de 2017, del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se publica la Adenda al Convenio con la Comunidad Autónoma de La Rioja, para la recaudación en vía ejecutiva de los ingresos de derecho público de esta comunidad autónomaEste enlace se abrirá en una ventana nueva. «BOE» núm. 270, de 7 de noviembre de 2017.

16.- Impulsar la firma de Acuerdos de intercambios de información y experiencias con las diputaciones forales del País Vasco y con las administraciones tributarias autonómicas de las Comunidades Autónomas limítrofes, en este último caso especialmente referidos a los impuestos cedidos. En ejecución:= 25% ejecutada.

COLABORADORES Y AGENTES ECONÓMICO-SOCIALES. 100% ejecutadas.

Colaboración constante con los distintos agentes sociales y representantes de los profesionales del sector para una correcta actuación administrativa, el encuentro de aspectos comunes, así como el apoyo en la elaboración, redacción y aportación de ideas en los proyectos normativos y procedimientos.

17.- Promoción y participación en la creación del FORO DE ASESORES considerando la participación de profesionales del sector y entidades representativas de los intereses empresariales= 100% ejecutada.
Los Foros de Asesores se celebran con carácter semestral.

    • 05/07/2017. II Sesión. El Consejero de Administración Pública y Hacienda destaca que el futuro Plan de Educación Fiscal busca acercar el sistema tributario riojano al ciudadano y fomentar una auténtica conciencia cívica tributaria:
    • 4/03/2019. IV Sesión. El Consejero de Administración Pública y Hacienda, D. Alfonso Domínguez, ha presentado al Foro de Asesores el Plan de Educación Fiscal de La Rioja y la Ley de Medidas Económicas, Presupuestarias y Fiscales para 2019 : "Los Colegios riojanos impartirán el próximo curso educación fiscal para reforzar la cultura tributaria de alumnos y profesores".

18.- Colaboración y comunicación periódica con los asesores fiscales, mediante jornadas de encuentro donde tanto Hacienda como los asesores expongan las cuestiones que más les preocupen y se produzca una relación fluida y un intercambio de ideas que redunde en una mejora del cumplimiento tributario.= 100% ejecutada –sin perjuicio de continuar abierta, en ejecución.

    • Actuaciones de comunicación: 4

19.- Búsqueda de alianzas y acuerdos de entendimiento con entidades y asociaciones empresariales para la detección y prevención de tramas de fraude, especialmente en aquellos sectores en los que el fraude está suponiendo una grave distorsión de la competencia= 100% ejecutada.

    • Convenios de colaboración con grandes Asesorías: 2 (ADADE y ASESORLEX).

PODER JUDICIAL: ÓRGANOS JUDICIALES DE LO PENAL, CIVIL Y MERCANTIL.

20.- Establecimiento de un convenio de colaboración para el intercambio de información con los órganos integrantes del Poder Judicial que permita el acceso, mediante los cauces y técnicas que se acuerden, a datos básicos con posible relevancia tributaria de los procedimientos judiciales en tramitación, con salvaguarda, en su caso, de los principios que informen el secreto judicial de actuaciones.

El objetivo es lograr la eficiencia administrativa, reducir la litigiosidad, incentivar el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias, la represión de conductas delictvas y, en defintiva, mejorar la coordinación y comunicación entre la Dirección General de Tributos y los Órganos Judiciales de los respectivos ámbitos competenciales.

Las áreas que interesan a esta Dirección General de Tributos por su incidencia directa son:

  • Actuaciones en ámbito del delito fiscal.
  • Actuaciones relativas a subastas y procedimientos concursales.
  • Normalización de las contestaciones a requerimientos de información tributaria en procedimientos judiciales en general

Nota: Se han realizado otras actuaciones no previstas en el Plan pero relacionadas con éste colectivo: A cierre de 2017.

  • Remisión de informe a Servicios Jurídicos para su valoración y propuesta: 15 informes propuesta para la interposición de recurso contencioso-administrativo.
  • Requerimientos judiciales de información Tributaria: 1 auto sobre suficiencia económica de una garantía hipotecaria aportada en un recurso contencioso-administrativo.

4.- REGISTRADORES DE LA PROPIEDAD Y MERCANTILES:

Se pretende ampliar la colaboración desde el punto de vista de control y ejecución de la gestión tributaria, así como la tramitación de los procedimientso tributarios.

21.- Realizar presentaciones telemáticas en los Registros de la Propiedad de los documentos que normalmente se remiten desde la D.G. Tributos a OOLL para su despacho, fundamentalmente, los referentes a anotaciones de embargo (en especial las preventivas) para agilizar su tramitación e intentar que la CCAA pueda llegar a gozar de preferencia en orden al cobro de los créditos tributarios.

22.- Firma del convenio de colaboración que permita a la Administración autonómica solicitar por vía telemática la información (notas simples) tanto de fincas (a través del sistema FLOTI) como de sociedades (a través del sistema FLEI y FLOMI) y recibir dicha información de forma inmediata, de forma que permita agilizar la tramitación de los expedientes.

23.- Establecer un protocolo de actuación para que, a través de vías telemáticas, se intercambie información de aquellos actos que se presentan a inscribir en los Registros de la Rioja de los que podrían derivarse hechos o actos jurídicos respecto de los cuales la CCAA de la Rioja podría tener especial interés en conocer.

Nota: Se han realizado otras actuaciones no previstas en el Plan pero relacionadas con éste colectivo: A cierre de 2017.

  • Instrucción de la DGT por la que se establece la documentación a enviar por las OOLL en relación con los expedientes tramitados en su ámbito territorial relativos a los impuestos de TP y AJD y SyD.
  • Criterio para solucionar Ingresos pendientes de aplicación. Borrador de protocolo para ingresos pendientes de aplicar.

En la página Web de Tributos está disponilble un acceso ORIA WEB REGISTRADORESEste enlace se abrirá en una ventana nueva donde Los Registradores de la Propiedad, pueden consultar las autoliquidaciones pagadas y/o presentadas a través de ORIA WEB derivadas de los hechos imponibles objeto de inscripción en su Registro de la Propiedad.

5.- NOTARIOS DE LA RIOJA: 100% ejecutadas.

El objetivo es simplificar y estrechar la colaboración con el colectivo de Notarios, implementando medidas correctores y de mejora.

24.- Implantación de un sistema de consulta telemático para que la verificación del pago, exención o no sujeción de la operación a efectos de ITPAJD y del ISD pueda ser llevada a cabo por el titular del Registro de la manera más automática posible y con las mayores garantías antes de la inscripción.

25.- Colaboración con los Notarios, mediante la puesta en funcionamiento de un convenio de colaboración de intercambio de información que permita:

  • Acceso telemático al índice único informatizado, para consulta actualizada de operaciones e intervinientes.
  • Comunicación de operaciones sospechosas o con riesgo de fraude.
  • Comunicación de las escrituras en formato electrónico
  • Comunicación de la ficha notarial para facilitar la autoliquidación por vía telemática del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
  • Integración como colaboradores.

  • Adenda por la que se modifica el convenio de colaboración entre la Consejería con competencias en materia de Hacienda del Gobierno de La Rioja , el Consejo General del Notariado y el Colegio Notarial de la Rioja para la aplicación de las Nuevas Tecnologías a la gestión tributaria (SIGNO) de fecha 19 de diciembre de 2017
  • Denuncia del Convenio suscrito entre el Gobierno de La Rioja y el Colegio Notarial del País Vasco para la presentación telemática y pago por internet a través de ORIA WEB, en fecha 9 de enero de 2018.

6.- TRIBUNAL ECONÓMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL DE LA RIOJA= 100% ejecutada.

26.- Potenciar y mejorar la coordinación entre los dos organismos tanto en materia de presentación de reclamaciones económico-administrativas, como en otros aspectos que inciden en la tramitación de los respectivos procedimientos, por ejemplo, la suspensión de la ejecutividad de actos administrativos, la situación de la tramitación de los procedimientos o el conocimiento y aplicación temprana de los criterios aplicados por el citado Tribunal.

El objetivo es lograr la eficencia administrativa por reducción de la litigiosidad y una mayor eficacia en la gestión tributaria, en especial, reducir el número de reclamacions económico administrativas interpuestas por los contribuyentes contra actos de gesión o recaudación tributaria dictados por la Dirección General de Tributos.

Nota 2017: Se han coordinado los criterios administrativos y tributarios que se detallan a continuación:

  • Acta de notoriedad
  • Notificación
  • Prescripción
  • Fianza
  • Rectificación autoliquidación.

7.- JEFATURA PROVINCIAL DE TRÁFICO DE LA RIOJA –MIR= 100% ejecutadas en 2016.

Se ha firmado un Convenio de Colaboración, para el cumplimiento de obligaciones, entre la Dirección General de Tráfico, dependiente del Ministerio del Interior, y la Comunidad Autónoma de La Rioja, en materia de intercambio y cesión de información a efectos tributarios en fecha 6 de octubre de 2015.

27.- Convocatoria y creación de la Comisión de Seguimiento prevista en la Cláusula Décima del Convenio cuya finalidad es analizar las distintas cuestiones tecnológicas administrativas, jurídicas y tributarias que deriven de la aplicación de este Convenio.

28.- Revisión de los criterios tributarios utilizados en las transmisiones de vehículos entre particulares –a título oneroso o lucrativo- y publicación de los mismos en la página web del Gobierno de la Rioja.

29.- Procurar que el personal de ambas Administraciones reciban formación adecuada de las cuestiones relevantes competencia de cada una de ellas.