Normalmente usted comprará mediante una escritura pública realizada ante notario.

El notario le hará entrega de la escritura y de dos copias simples, documentos necesarios para las gestiones que ha de efectuar.

PRIMERA GESTIÓN QUE DEBE REALIZAR

1.- Acercarse a las oficinas de la Dirección General de Tributos en La Rioja, C\ Portales, 46 – 26071. Logroño (La Rioja), (entre las 9.00 y las 14.00 horas, en horario ininterrumpido, de lunes a viernes) mediante concertación de cita previa, o bien, a la Oficina Liquidadora que le corresponda, con los siguientes documentos:


PREGUNTAS:

¿Dónde se consiguen los impresos del Modelo 600?

En la Dirección General de Tributos, C\ Portales, 46, planta baja, en cualquiera de las oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, o en la Oficina Liquidadora que le corresponda.

También puede imprimir y rellenar el impreso que obtendrá en el apartado "Modelos y Formularios".

¿Cómo se sabe qué Oficina Liquidadora le corresponde?

Como le decimos, pinchando en Oficinas Liquidadoras lo puede averiguar.

¿Cómo se calcula la cantidad que me corresponde poner en el cheque o cuanto dinero tengo que llevar?

Muy sencillo. Para evitarse dos viajes, uno para el impreso y otro después de rellenarlo, puede imprimir el Modelo 600 en su impresora y hacer los cálculos encima o bien calcular el 7 %, el 5 % ó el 3 % del valor del piso, según corresponda.


El tipo de gravamen será:

  • 7% con carácter general.
  • 5 %:
    • para compraventa de vivienda habitual por familias numerosas, y por personas con discapacidad que tengan un grado igual o superior al 33%,
    • para transmisiones de viviendas de protección oficial, y para las adquisiciones vivienda por jóvenes menores de 36 años, siempre que vaya a constituir la primera vivienda habitual del adquirente y éste reúna los requisitos establecidos sobre tributación en el IRPF.
  • 3%:
    • para la compraventa de vivienda habitual por familias numerosas que cumplan los requisitos adicionales establecidos.
    • y para la adquisición de primera vivienda habitual por jóvenes menores de 36 años, que reúnan los requisitos dispuestos sobre tributación en el IRPF, cuando la adquisición tenga lugar en alguno de los municipios relacionados en el Anexo I de la Ley 10/2017.

La aplicación de estos tipos reducidos está condicionada al cumplimiento de los requisitos recogidos en el artículo 45 de la Ley 10/2017, de 27 de octubre, por la que se consolidan las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de La Rioja en materia de impuestos propios y tributos cedidos.


¿Qué sucede si el valor de adquisición no coincide con el valor real?

Siempre debe declararse el valor real a efectos fiscales.

No obstante, puede suceder que Hacienda desconozca alguna circunstancia que haga disminuir el valor del piso, bien por un estado anormalmente malo, deterioro urbano, o bien por existir un inquilino de renta antigua, etc.

Es conveniente adjuntar algún documento que pueda justificar un menor valor: una factura por reparaciones de envergadura, una foto o cualquier otra que Vd. juzgue que justifica ese menor valor.

2.- Deberá abonar el impuesto en:

En metálico, cheque conformado o cheque bancario a favor de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

  • Autoliquidaciones:
  • Liquidaciones giradas por la Administración: El ingreso de la liquidación deberá efectuarse en cualquier Entidad Financiera Colaboradora de la Dirección General de Tributos u Oficina Liquidadora de Distrito Hipotecario.

Existe la posibilidad de aplazar o fraccionar el pago de la deuda tributaria

3.- Con el impreso abonado, si está en c/ Portales 46 debe dirigirse a la Sección de Transmisiones Patrimoniales Onerosas y Actos Jurídicos Documentados a presentar el ejemplar del Modelo 600 junto con la documentación correspondiente. También puede presentarlo en cualquier oficina del Servicio de Atención al Ciudadano.

En el caso de las Oficinas Liquidadoras la recepción se realizará, con la misma documentación, en la propia Oficina.

PREGUNTA

¿Es imprescindible presentar los documentos y realizar los pagos en una Oficinas Liquidadoras cuando el inmueble esté dentro del territorio de esa Oficina?

No. Hay que tener en cuenta que a muchos ciudadanos les resulta más cómodo operar en Logroño Capital en horas de oficina.

Aunque el inmueble deba registrarse en un municipio distinto, puede usted pagar los impuestos en Logroño Capital.

4.- La Sección de Transmisiones Patrimoniales Onerosas y Actos Jurídicos Documentados de la Dirección General de Tributos o la Oficina Liquidadora devolverá la escritura sellada junto con la carta de pago del modelo 600 para que se presenten en el Registro de la Propiedad correspondiente con objeto de inscribir el cambio de titularidad de los bienes inmuebles (pisos, fincas rústicas, etc..)

Ha de saber que para las gestiones que se realizan ante la Dirección General de Tributos tendrá un plazo de 30 días hábiles contados desde el día siguiente a aquel en que usted firmó su escritura.

SEGUNDA GESTIÓN QUE DEBE REALIZAR

Una vez realizada la primera Gestión en la Dirección General de Tributos, usted podrá dirigirse al Registro de la Propiedad correspondiente para inscribir el piso a su nombre.

TERCERA GESTIÓN QUE DEBE REALIZAR

Recuerde que como la compraventa de pisos se refiere a bienes de naturaleza urbana, deben tributar por el incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Plus-Valía) en el Ayuntamiento correspondiente, si así lo tiene establecido.

Por último debe acudir al Centro de Gestión y Cooperación Catastral, Avda. de la Constitución 2, 4, 6, 8, al objeto de cumplimentar el modelo 902, de declaración de alteración de titularidad Catastral, y así figurar como propietario en dicho catastro, fundamental para el correcto abono del recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana.