Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante el siguiente test: TEST DE REQUISITOS TÉCNICOS.
La utilización de este sistema facilita que los ciudadanos no tengan que desplazarse a la sede de la Administración Tributaria o a las Oficinas Liquidadoras de Distrito Hipotecario para realizar la presentación y/o pago de sus autoliquidaciones o declaraciones, posibilitando además su realización fuera del horario normal de atención al público.
No obstante, cuando la opción utilizada haya sido el pago del modelo 650 y 651, se debe acudir presencialmente a la sede de la Administración Tributaria o a la de la Oficina Liquidadora correspondiente, para proceder a la presentación de la autoliquidación, adjuntando el justificante de pago telemático.
Los pagos realizados a través de esta plataforma de pago telemático están sujetos a los limites horarios que puedan establecer las Entidades Financieras colaboradoras.
Si usted desea adjuntar documentos junto con la autoliquidación, debe pulsar el botón "Examinar" para seleccionar los documentos que desea subir.
Los documentos que se adjunten deberán guardarse en su disco duro, con formato "pdf", "tif", "doc", "jpg", "xls", "csv", "docx", "xlsx", "zip". Recuerde que no es aconsejable superar los 1,5 Megas. Si anexa documentos en formato "pdf" le recomendamos configurar el escaneado para un formato Din A4 (210 x 297).
Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados:
Juego
Canon de Saneamiento
Impuesto sobre eliminación de residuos en vertederos
Impuesto sobre el impacto visual producido por los elementos de suministro de energía eléctrica y elementos fijos de redes de comunicaciones telefónicas o telemáticas.
Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados:
Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones:
Se habilita una nueva opción dentro de Oria Web que se denomina "Pago modelo 650 y 651", y realizar el pago de dichos modelos de autoliquidación. Se permite pagar autoliquidaciones tanto del titular del contrato como de un tercero, pero el cargo se realizará siempre en la cuenta del titular del contrato.
Una vez realizado el pago del importe de la autoliquidación, se debe acudir presencialmente a la sede de la Administración Tributaria o a la de la Oficina Liquidadora correspondiente para proceder a la presentación de la autoliquidación, adjuntando el justificante de pago telemático.
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, le informamos de que los datos recabados mediante la cumplimentación de los modelos disponibles en Oria Web, serán incluidos en un fichero de datos de carácter personal.
Los datos solicitados son necesarios para cumplir con la finalidad del procedimiento, que es la gestión, liquidación, control y revisión del impuesto.
La Dirección General de Tributos de la Consejería de Hacienda y Administración Pública es la responsable del fichero, y como tal le garantiza el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, oposición, y supresión de los datos facilitados, así como otros derechos establecidos en la Ley, para lo cual deberá dirigirse por escrito a: C/ Portales nº 46 – 26.071, Logroño (La Rioja).
Puede consultar la información adicional y detallada sobre Protección de Datos en la página web de la Dirección General de Tributos: https://www.larioja.org/tributos/es/proteccion-datos-personales.
No se admiten tarjetas American Express, salvo las emitidas por CaixaBank.
Hay que tener en cuenta el límite de la tarjeta, no pudiéndose hacer pagos por importe superior a dicho límite.
Puede ocurrir que cuando le demos al botón de pagar y presentar, la autoliquidación quede en estado "error técnico en pago".
En este caso puede reintentar posteriormente realizar el pago, pero siempre con la misma autoliquidación que ha realizado. Nunca genere una nueva para no duplicarla.
Puede localizar la autoliquidación que ha quedado en estado "error técnico en pago" desde "Consulta de Autoliquidaciones". En esa pantalla rellene los datos del sujeto pasivo: Apellidos y nombre, el modelo que ha realizado y en estado ponga "error técnico en pago". Le recomendamos que deje en blanco los datos de fechas, pulsando los botones de "Limpiar campos" en fecha de devengo y fecha de presentación.
Al pulsar el botón "buscar" le aparecerá la autoliquidación que se quedó en ese estado. Pinche sobre ella e intente de nuevo pagar y presentar.
En ocasiones no es necesario todo este proceso, porque el error se recupera sólo pasadas unas horas, pero en otras sí.
Si, aun así, el error persiste póngase en contacto con la Dirección General de Tributos antes de hacer una nueva autoliquidación y le intentaremos ayudar.