; vigencia 24.2.13)Entre diversas modificaciones de la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, se añade un apartado 4 a su artículo 4, estableciendo que los funcionarios públicos cuando actúen en el orden contencioso-administrativo en defensa de sus derechos estatutarios, tendrán una "exención" del 60 por ciento en la tasa por la interposición de los recursos de apelación y casación.
A través de la disposición final primera modifica algunos preceptos de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013. Una de las modificaciones se refiere al párrafo cuarto del apartado uno de la disposición adicional septuagésima tercera: amplía de tres a cinco años el plazo máximo que puede utilizarse en los planes de saneamiento o de reducción de deuda para corregir el ahorro neto negativo o reducir el endeudamiento hasta los límites permitidos.
Añade, además, una precisión sobre el objetivo de dichos planes en cuanto a la reducción del endeudamiento: si el volumen de endeudamiento se encuentra entre el 75 y el 110 por ciento, la corrección deberá llevarlo hasta el 75 por ciento; si el endeudamiento es superior al 110 por ciento, con el plan deberá reducirse al menos hasta ese porcentaje.