• Resolución de 27 de octubre de 2014, de la Oficina del Censo Electoral, por la que se establecen los procedimientos y se aprueba el modelo de solicitud para la inscripción en el censo electoral de residentes en España de nacionales de países con acuerdos para las elecciones municipales. (BOE 6.11.14Este enlace se abrirá en una ventana nueva; vigencia 7.11.14)

Tiene por objeto actualizar las referencias normativas y al plazo, establecidas en la Resolución de 15 de octubre de 2010, de la Oficina del Censo Electoral, por la que se establecen los procedimientos y se aprueba el modelo de solicitud para la inscripción en el censo electoral de residentes en España de nacionales de países con acuerdos para las elecciones municipales, Resolución a la que deroga expresamente.Debe observarse que aquellos interesados que consideren que cumplen las condiciones del Acuerdo correspondiente, podrán presentar la solicitud personalmente en el Ayuntamiento de su residencia, identificándose con su Tarjeta de identidad de extranjero, adjuntando fotocopia de la misma, y que las solicitudes deberán realizarse entre el 1 de diciembre del año anterior al que se celebren las elecciones municipales y el 15 de enero de ese año, ambos inclusive.En un Anexo se detallan los requisitos para los nacionales de Bolivia, Cabo Verde, Colombia, Corea, Chile, Ecuador, Islandia, Paraguay, Perú, Trinidad y Tobago y Nueva Zelanda, por una parte, y para los de Noruega por otra.