• Orden 8/2014, de 19 de noviembre, de la Consejería de Obras Públicas, Política Local y Territorial, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a percibir por las entidades locales de La Rioja para el pago de indemnizaciones por razón del servicio a los miembros de las mismas y gastos de representación. (BOR 21.11.14Este enlace se abrirá en una ventana nueva;Este enlace se abrirá en una ventana nueva vigencia 22.11.14)

Deroga la Orden 44/2009, de 3 de julio, de la Consejería de Administraciones Públicas y Política Local, estableciendo nuevas bases para la concesión de subvenciones a las entidades locales para financiar los costes por las" indemnizaciones por razón del servicio" reconocidas a los miembros de la propia Corporación Local, y por "gastos por atenciones protocolarias y representativas", según la delimitación de tales conceptos en la estructura de los presupuestos de las entidades locales.Podrán ser beneficiarios de las subvenciones los municipios y las entidades locales menores, cuya población de derecho no supere los mil habitantes, siempre que tengan consignados créditos en las aplicaciones presupuestarias correspondientes, y los miembros de la Corporación no perciban ninguna retribución en concepto de dedicación exclusiva o parcial por el ejercicio del cargo.El plazo para presentar la solicitud de subvención se determinará mediante una resolución anual de convocatoria.