vigencia 1.1.13)Deroga el Reglamento aprobado por el Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre.
La principal novedad que se introduce en el régimen de facturación es la creación de la "factura simplificada", que viene a sustituir a los tiques, que podrá expedirse cuando el importe (IVA incluido) no exceda de 400 euros, cuando se trate de facturas rectificativas, y en determinadas operaciones (que se corresponden con las que hasta ahora se autorizaba la emisión de tiques), cuando su importe no exceda de 3.000 euros (IVA incluido).