AVISO
El sábado 17 de abril de 2021, de 08:00 horas a 16:00 horas, la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre va a realizar una intervención técnica en su infraestructura.
Esta intervención puede afectar al funcionamiento de la Oficina Electrónica del Gobierno de La Rioja
Disculpen las molestias
Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test:
Comunicación de la utilización de residuos inertes en obras
Requisitos
La comunicación de utilización de residuos inertes en obras, procedentes de residuos de construcción y demolición (RCD) y que no procedan de una planta de valorización, es un trámite dirigido a:
Deben presentar la comunicación previa al inicio de la obra, aquellos titulares de obras que utilicen residuos inertes, procedentes de RCD, en la obra comunicada. El plazo de ejecución no puede exceder de 2 años.
Documentación
A tener en cuenta en la presentación de solicitudes y documentación:
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para, al menos, los siguientes sujetos:
a) Las personas jurídicas.
b) Las entidades sin personalidad jurídica.
c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.
e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
De forma presencial, opcional sólo para personas físicas, a través de:
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Plazos
Abierto todo el año.
Más información
Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
Real Decreto 1481/2001, de 27 de diciembre, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero.
Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.
Orden MAM/304/2002, de 8 de febrero, por la que se publican las operaciones de valorización y eliminación de residuos y la lista europea de residuos.
Decreto 44/2014, de 16 de octubre, por el que se regulan las actividades de producción y gestión de residuos y su registro.
Contra la resolución del procedimiento cabe interponer recurso de alzada ante el superior jerárquico del órgano que dictó el procedimiento expreso en el plazo de un mes.
Más información en este enlace del Gobierno de La Rioja: www.larioja.org/residuos
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
Contacto
Correo-e: residuos.industriales@larioja.org