Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test:
Tiene como objeto ayudar a las entidades sin ánimo de lucro a afrontar el coste que supone la gestión de viviendas, públicas o privadas, que tienen destinadas a alquiler social de personas en riesgo de exclusión, considerando gastos subvencionables todos aquellos que de manera indubitada respondan a dicha gestión: equipamiento básico de las viviendas, altas en los contratos de suministros, consumos de agua, electricidad, gas y comunidad, impuestos y tasas, seguros de hogar y de edificio, cuotas de alquiler y otros gastos de análoga naturaleza.
Requisitos
Contenido de las ayudas
La cuantía máxima de la ayuda será de hasta 1.200 euros por vivienda/ año, sin que en ningún caso pueda superarse la cantidad soportada por la entidad, una vez descontadas, en su caso, las aportaciones de los inquilinos.
Incompatibilidades
Documentación
Junto a la solicitud, se aportará la siguiente documentación:
Aportación de documentos junto con la solicitud
Escanee la documentación y adjúntela a la solicitud.
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se realizará de forma electrónica desde el botón Tramitar
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
El plazo de presentación de solicitudes comienza el 26 de septiembre y finaliza el 15 de octubre de 2020.
Más información
Orden 6/2017, de 25 de octubre, de la Consejería de Fomento y Política Territorial, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas a las entidades sin ánimo de lucro que gestionen las viviendas destinadas a alquiler social en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Resolución 803/2020, de 23 de septiembre, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población, por la que se aprueba la convocatoria publica 2019-2020, para la concesión de las ayudas reguladas en la orden 6/2017, de 25 de octubre, de la Consejería de Fomento y Política Territorial, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas a las entidades sin ánimo de lucro que gestionen las viviendas destinadas a alquiler social, en la Comunidad Autónoma de La Rioja
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
Contacto