AVISO
El sábado 17 de abril de 2021, de 08:00 horas a 16:00 horas, la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre va a realizar una intervención técnica en su infraestructura.
Esta intervención puede afectar al funcionamiento de la Oficina Electrónica del Gobierno de La Rioja
Disculpen las molestias
Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test:
Estas subvenciones tienen por objeto la financiación de gastos de naturaleza corriente destinados a la promoción y participación en actividades deportivas de tiempo libre.
Se condiderarán actividades deportivas de tiempo libre todas aquellas que no estén incluidas en el ámbito de las Federaciones Deportivas
Requisitos
Beneficiarios
Entidades Locales y, organismos dependientes de las mismas, comprendidas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Serán beneficiarios aquellos que, reuniendo todos los requisitos obtengan al menos el 1% del total de puntos posible.
Periodo subvencionable
El periodo de realización de actividades será el comprendido entre el 1 de octubre de 2019 y el 15 de marzo de 2020.
Documentación
La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN
Aportación de documentos junto con la solicitud
Escanee o cumplimente la documentación y adjúntela a la solicitud.
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
Tres meses a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja (fecha de publicación en el BOR: 17 de junio de 2020)
El plazo de presentación de solicitudes comienza el 18 de junio y finaliza el 17 de septiembre de 2020.
Plazo de justificacion de la subvención
Finaliza el día 31 de octubre de 2020
Más información
Orden 5/2007, de 9 de febrero, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establecen las Bases Reguladoras para la concesión de subvenciones en materia deportiva.
Resolución de 8 de junio de 2020, de la Consejería de Educacion y Cultura, por la que se convocan subvenciones a entidades locales riojanas para actividades deportivas de tiempo libre.(Texto Integro).
Resolución de 8 de junio de 2020, Subvenciones a entidades locales riojanas para actividades deportivas de tiempo libre (extracto)
En virtud de la normativa vigente del Gobierno de La Rioja, los clubes, entidades, Ayuntamientos, etc. tienen obligación de hacer constar que reciben subvención del Gobierno de La Rioja en toda información, publicidad, publicaciones y vestimenta.
En virtud de ello, será obligatoria la colocación de la imagen corporativa del Gobierno de la Rioja en las prendas de juego de los equipos que reciban subvención para la participación en Competiciones. Puedes solicitar los archivos necesarios a la Dirección General del Deporte e IRJ
Enlace: Manual de uso del logotipo para entidades subvencionadas
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
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