AVISO
Estamos trabajando en un nuevo diseño de la oficina electrónica. De momento convivirán ambos formatos.
Acceso al nuevo diseño de la Oficina Electrónica.
Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test:
Fomento de la restauración de ermitas, iglesias, retablos y demás elementos singulares (tales como picotas, fuentes, cruceros, pináculos y otros de semejante naturaleza con valor cultural, histórico o artístico) ubicados en La Rioja.
Requisitos
Beneficiarios
Podrán solicitar la concesión de estas subvenciones las Entidades Locales de La Rioja, en cuyo ámbito territorial se encuentre ubicada la ermita, iglesia, retablo o demás elementos singulares, cuya restauración se pretenda realizar y que cuenten con la disponibilidad del mismo.
Actuaciones subvencionables
Documentación
La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
Aportación de documentos junto con la solicitud
Escanee la documentación y adjúntela a la solicitud.
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se realizará de forma electrónica desde el botón Tramitar
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
20 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja (fecha de publicación en el BOR: 28 de abril de 2022)
El plazo comienza el 29 de abril y finaliza el 26 de mayo de 2022, ambos incluidos
Más información
Orden 6/2006, de 17 de febrero, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, que establece las bases reguladoras y el procedimiento de concesión de subvenciones destinadas a la Administración Local para la restauración de ermitas, iglesias, retablos y demás elementos singulares.
Resolución 47/2022, de 22 de abril, de la Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud por la que se aprueba el gasto para financiar la convocatoria de subvenciones destinadas a la administración local para la restauración de ermitas, iglesias, retablos y demás elementos singulares (Texto íntegro)
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
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