Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test:
Tiene como finalidad autorizar la modificación del capital social de las sociedades titulares de licencias de comunicación audiovisual; ampliaciones o reducciones del capital social cuando la suscripción de acciones no se realicen en idéntica proporción entre los propietarios, así como la transmisión de acciones a través de compra-venta.
Requisitos
Cambio de titularidad de acciones
Cualquier modificación en la titularidad de las acciones, participaciones o títulos equivalentes de las empresas licenciatarias prestadoras de servicios de comunicación audiovisual, así como las ampliaciones de capital cuando la suscripción de acciones no se realicen en idéntica proporción entre los propietarios del capital social, deberá ser autorizada por el titular de la Consejería competente en materia de Telecomunicaciones (hoy Consejería de Administración Pública y Hacienda) de acuerdo con las limitaciones previstas en la normativa de aplicación.
Documentación
La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
Procedimiento no sujeto a un plazo específico de solicitud.
Más información
Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual.
Decreto 64/2012, de 9 de noviembre, por el que se regulan los servicios de comunicación audiovisual y el Registro de Prestadores en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Los cambios efectuados serán anotados de oficio en el Registro de Prestadores de Servicios de Comunicación Audiovisual de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Modos de pago:
Número de Cuenta: ES7120387494866000103205
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
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