AVISO
El sábado 17 de abril de 2021, de 08:00 horas a 16:00 horas, la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre va a realizar una intervención técnica en su infraestructura.
Esta intervención puede afectar al funcionamiento de la Oficina Electrónica del Gobierno de La Rioja
Disculpen las molestias
Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test:
Baja de una máquina en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola de La Rioja.
Requisitos
La baja de una máquina en el Registro de Maquinaria Agrícola de La Rioja deberá realizarse de forma obligatoria a instancias de su titular cuando se den alguna de las situaciones que se indican a continuación:
Los tractores agrícolas cuya fecha de primera inscripción en el Registro de Maquinaria Agrícola sea igual o superior a 40 años y que no dispongan de una estructura de protección homologada, de las bajas arriba indicadas, solo podrán realizar bajas por: desguace o achatarramiento, pase a vehículo histórico, pase a vehículo de colección y envío a otro país con carácter permanente.
Los titulares que den de baja las máquinas por este motivo deberán justificar el cambio de sector con una nueva Tarjeta de Inspección Técnica de Vehículos (ITV).
Los titulares que den de baja la máquina por este motivo tendrán que aportar el correspondiente certificado de achatarramiento.
Esta baja tendrá carácter definitivo.
Los titulares que den de baja las máquinas por este motivo tendrán que cumplimentar y aportar el Anexo VII del Real Decreto 448/2020, de 10 de marzo, comprometiéndose a no realizar, en ningún caso, trabajos agrícolas en labores de uso productivo.
Esta baja tendrá carácter definitivo y no podrá volver a solicitarse el alta para su inscripción en cualquiera de los Registros de Maquinaria Agrícola, ni a su nombre ni a nombre de un tercero.
Se entenderán vehículos de una antigüedad mínima de 25 años a partir de su fecha de fabricación o, si no se conoce, de la fecha de primera inscripción en alguno de los Registros de Maquinaria Agrícola o fecha de matriculación.
Los titulares que den de baja la máquina por este motivo tendrán que cumplimentar y aportar el Anexo VII del Real Decreto 448/2020, de 10 de marzo, comprometiéndose a no realizar en ningún caso trabajos agrícolas en labores de uso productivo.
Esta baja tendrá carácter definitivo y no podrá volver a solicitarse el alta para su inscripción en el Registro de Maquinaria Agrícola, ni a su nombre ni a nombre de un tercero.
Por entrega a la empresa comercializadora de la máquina
Cuando el titular de una máquina, inscrito en el Registro de Maquinaria Agrícola de La Rioja, la entregue a la casa comercial para su venta a un tercero, deberá comunicarlo al Registro mediante una solicitud de baja temporal. Junto a la solicitud, entre otros, se aportará un documento cumplimentado por la casa comercial declarando el depósito de la máquina y la comunicación de la venta definitiva.
Por no uso de los equipos de aplicación de productos fitosanitarios
En los casos en los que los titulares tengan equipos de aplicación de productos fitosanitarios inscritos en el Registro de Maquinaria Agrícola de La Rioja que no estén en uso, podrán solicitar una baja temporal. Junto a esta baja temporal se acompañará un compromiso firmado por el titular de la no utilización de estos equipos.
Cuando se solicite de nuevo el alta del equipo, el titular dispondrá de dos meses para acreditar una inspección técnica favorable según se determina en el Real Decreto 1702/2011, de 18 de noviembre, de inspecciones periódicas de los equipos de aplicación de productos fitosanitarios. Si no se acredita, la máquina se dará de baja de oficio y se comunicará al interesado.
Por no uso de la maquinaria
En los casos en los que los titulares tengan máquinas inscritas en el Registro de Maquinaria Agrícola de La Rioja que no estén en uso, podrán solicitar una baja temporal.
Herederos de maquinaria agrícola que no reúnan alguno de los requisitos de los Titulares de las máquinas y no cambie el uso o destino de la máquina
Las máquinas que provengan de herencias se inscribirán en el Registro de Maquinaria Agrícola siempre que la persona heredera reúna alguna de las características de los Titulares de las máquinas. En caso de no ser así, y no cambie el uso o destino de la máquina, se dará de baja temporal hasta que se produzca la venta, siendo la transferencia directamente al nuevo comprador. Se excluyen de esta casuística los tractores de más de 40 años sin estructura de protección homologada.
Esta baja tendrá carácter definitivo.
Documentación
Además, hay que presentar la siguiente documentación (se puede consultar en el archivo "Documentación necesaria para bajas"):
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Cuando el representante sea una GESTORÍA, la solicitud se presentará siempre vía electrónica independientemente de que el titular de la máquina (solicitante) sea persona física o jurídica. Cuando la presentación por esta vía se realice con el certificado digital de la gestoría (órgano colegiado), se deberá adjuntar la representación (agricultor-gestoría). Si la presentación de la solicitud se realiza con el certificado digital de un trabajador de la gestoría, se deberá acreditar la doble representación (agricultor-gestoría y gestoría-trabajador).
Plazos
Durante todo el año.
Más información
Real Decreto 448/2020, de 10 de marzo, sobre caracterización y registro de la maquinaria agrícola
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
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