AVISO
Estamos trabajando en un nuevo diseño de la oficina electrónica. De momento convivirán ambos formatos.
Acceso al nuevo diseño de la Oficina Electrónica.
Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test:
Ampliar y diversificar la oferta cultural en áreas no urbanas, con cargo a los fondos Next Generation de la Unión Europea.
Requisitos
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las entidades públicas, incluyendo las agrupaciones de entidades locales, y privadas, con y sin ánimo de lucro, incluyendo las entidades dependientes de entidades locales, autonómicas o estatales, así como los profesionales inscritos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
En ningún caso podrán obtener la condición de beneficiario la propia entidad autonómica convocante o perceptora de fondos, pero sí las fundaciones y organismos públicos dependientes de la misma, con personalidad jurídica propia.
Documentación
Se presentará una única solicitud por solicitante. Junto a la misma, se presentará la siguiente documentación:
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se realizará exclusivamente de forma electrónica a través de la sede electrónica del Gobierno de La Rioja (desde el botón Tramitar)
Plazos
El plazo para la presentación de solicitudes es de treinta días hábiles, a contar desde la entrada en vigor de la convocatoria
El plazo comienza el 4 de julio y finaliza el 12 de agosto.
El plazo de realización de las actividades subvencionadas será el comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022.
El plazo para la presentación de la cuenta justificativa finalizará el día 31 de enero de 2023.
Más información
Orden EDC/35/2022, de 30 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para ampliar y diversificar la oferta cultural en áreas no urbanas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
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