Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test:
Ayudas destinadas al fomento de las asociaciones que promueven los derechos humanos, en la modalidad "Fortalecimiento y mantenimiento de asociaciones"
Requisitos
Finalidad
Mantenimiento y funcionamiento de sedes sociales u otros espacios necesarios para el cumplimiento de sus fines.
Beneficiarios
Podrán solicitar estas subvenciones las asociaciones sin ánimo de lucro que reúnan los siguientes requisitos:
Los requisitos deberán reunirse en el momento de la presentación de la solicitud y deberán mantenerse durante todo el periodo en el que se desarrolle la actividad subvencionada y hasta la justificación de la misma.
Los beneficiarios podrán presentar solicitudes para cada una de las dos modalidades, no admitiéndose más de una solicitud por modalidad.
Conceptos subvencionables
Consultar el artículo 3.2 de la Orden de bases
Documentación
Para solicitar una subvención, las entidades que reúnan los requisitos establecidos para ser beneficiarios de las mismas, deberán aportar la siguiente documentación:
Las solicitudes se podrán presentar tanto de manera individual como mancomunada y no se admitirá más de una solicitud por entidad, presentada de manera individual o mancomunadamente con otras.
En el caso de que se presenten mancomunadamente, las entidades designarán a aquella que las representará a todos los efectos, incluido el de la posible percepción de la ayuda económica.
Para designar a dicha entidad será suficiente con la presentación de una declaración firmada por las personas que ostenten la representación legal de las entidades y se estará a lo dispuesto en el artículo 11.3 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se realizará de forma electrónica desde el botón Tramitar
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
El plazo para la presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja (Fecha de publicación: 4 de abril de 2022)
Plazo de presentación de solicitudes: del 5 de abril de 2022 al 5 de mayo de 2022, ambos incluídos.
El plazo de realización de las actuaciones susceptibles de subvención será el comprendido entre el 1 de noviembre de 2021 y el 31 de octubre de 2022.
Más información
Orden IPA/52/2021, de 14 de agosto, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para el fomento de las asociaciones que promuevan los derechos humanos
Resolución 9/2022, de 14 de marzo, de la Consejería de Igualdad, Participación y Agenda 2030, por la que se convoca para el ejercicio 2022 las subvenciones de la Orden IPA/52/2021, de 14 de agosto, para la concesión de ayudas para el fomento de las asociaciones que promuevan los derechos humanos (Texto íntegro)
Contra la Resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó, o en su caso, directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la notificación de la resolución
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
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