AVISO
Estamos trabajando en un nuevo diseño de la oficina electrónica. De momento convivirán ambos formatos.
Acceso al nuevo diseño de la Oficina Electrónica.
Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test:
Concesión de subvenciones en materia de modernización y gestión sostenible de las infraestructuras de las artes escénicas y musicales, en el marco del Plan de Recuperación,Transformación y Resiliencia
Requisitos
Finalidad
Las intervenciones estarán orientadas a la modernización digital, la transición verde y la transformación de los espacios escénicos y musicales, fomentando una gestión inteligente y sostenible.
Las ayudas para infraestructuras se circunscriben a teatros, auditorios, carpas de circo, salas de música en directo, salas de ensayo, espacios escénicos y musicales de compañías de teatro, danza, música y circo y otros multidisciplinares.
Las subvenciones previstas en la presente Orden, que se concederán en régimen de concurrencia competitiva, no podrán superar el equivalente al 80 % del presupuesto de aquello a lo que se destinan.
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las entidades públicas y privadas, asociaciones sin ánimo de lucro o fundaciones de carácter privado o público, dependientes o no de entidades locales, autonómicas o estatales.
En ningún caso podrán obtener la condición de beneficiarios las propias entidades autonómicas convocantes, pero sí las fundaciones u organismos públicos dependientes de las mismas, con personalidad jurídica propia.
Actuaciones financiables
Se consideran actuaciones financiables las siguientes:
Documentación
Junto a la solicitud, se presentará la siguiente documentación:
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se realizará de forma electrónica desde el botón Tramitar
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
El plazo para la presentación de solicitudes es de treinta días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de La Rioja (entrada en vigor: 27 de diciembre de 2022)
Plazo: del 27 de diciembre de 2022 al 7 de febrero de 2023.
El plazo de ejecución de las actividades previstas tendrá lugar desde el día 1 de enero hasta el 30 de noviembre de 2023.
El plazo para la presentación de la cuenta justificativa finalizará el día 31 de diciembre de 2023.
Más información
Orden EDC/87/2021, de 28 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en materia de modernización y gestión sostenible de infraestructuras de artes escénicas y musicales y por el que se procede a su convocatoria, para el ejercicio 2021, en el marco del plan de recuperación, transformación y resiliencia
Resolución 183/2022, de 20 de diciembre, Resolución 183/2022, de 20 de diciembre, de la Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones en materia de modernización y gestión sostenible de infraestructuras de artes escénicas y musicales para el año 2022 (Texto íntegro).
Resolución 183/2022, de 20 de diciembre, Extracto de la convocatoria.
Resolución 183/2022, de 20 de diciembre, Corrección de error en la Resolución 183/2022 de 20 de diciembre de la Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud.
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
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