Las reservas de la biosfera son espacios que aparecen definidos en la legislación nacional Ley 42/2007, de 13 de diciembre, de patrimonio natural y de la biodiversidad (LPNB), como áreas protegidas por instrumentos internacionales.
Estos instrumentos a los que se refiere la LPNB son desarrollados o aprobados por la UNESCO a través del Consejo Internacional de Coordinación del Programa MaB (CIC). Actualmente existen un Marco Estatutario y una Estrategia, la de Sevilla, de 1995 para las reservas de la biosfera, y un programa ejecutivo que es el Plan de Acción de Lima de 2016, que contiene los retos, objetivos y funciones de las reservas de la biosfera para el periodo considerado.
Con respecto a las reservas de la biosfera españolas, sus órganos de gobierno generales se regulan en el Real Decreto 387/2007 por el que se modifica el Real Decreto 342/2007, de 9 de marzo, por el que se regula el desarrollo de las funciones del Programa MaB, así como el Comité Español del citado programa, en el Organismo Autónomo de Parques Nacionales (RDMaB).
A nivel nacional, entre los tres requisitos básicos que la LPNB establece que debe cumplir una Reserva de la Biosfera española, se encuentra el de contar con un órgano de gestión responsable del desarrollo de las estrategias, líneas de acción y programas de la misma. La Reserva de la Biosfera de los valles del Leza, Jubera, Cidacos y Alhama cumple este requisito contando con un órgano de gestión, su Junta Directiva, desde el año 2006.
Este órgano de gestión está regulado por el Decreto 31/2006, de 19 de mayo, por el que se regula la junta directiva de la Reserva de la Biosfera de los Valles del Leza, Jubera, Cidacos y Alhama, que ha sido modificado en dos ocasiones por el Decreto 45/2014, de 14 de noviembre, y el Decreto 28/2016, de 24 de junio, que modifica el anexo
a/ Aprobar el PLan de Gestión decenal, las revisiones necesarias y sus programas de seguimiento.
b/ Aprobar la Propuesta anual de Actuaciones e Inversiones a la que se refiere el artículo 7º Decreto y trasladarlas a las Administraciones y órganos competentes.
c/ Proponer a la Consejería competente, para su elevación al Consejo de Gobierno, la celebración de convenios y acuerdos que, enordena los fines de la Reserva de la Biosfera considere necesario suscribir con las Administraciones Públicas, Corporaciones Locales y otras entidades públicas o privadas.
d) Informar sobre cualquier tipo de trabajo, obra o aprovechamiento, programa de inversión y planes de investigación que se realice fuera del marco de la Propuesta anual de Actuaciones e Inversiones.
e) Representar a la Reserva de la Biosfera a través del titular de su presidencia, en los organismos nacionales e internacionales vinculados al Programa MAB (Man & Biosphere), sin perjuicio de las facultades específicas de representación que le corresponden al Gestor de la Reserva de la Biosfera en el Consejo de Gestores de Reservas de la Biosfera.
f) Designar al Gestor de la Reserva de la Biosfera a propuesta de su Presidente.
g) Asesorar a los Entes Locales y en general a todos los sectores culturales, económicos y sociales incluidos en el ámbito de la Reserva en la planificación y desarrollo de sus políticas de desarrollo sostenible.
h) Promover estudios, investigaciones y actividades educativas y culturales relacionadas con la Reserva de la Biosfera, y fomentar la divulgación de la misma.
i) Incentivar la participación de las diferentes administraciones en las acciones o programas de desarrollo sostenible llevados a cabo en la Reserva de la Biosfera.
j) Establecer mecanismos prácticos de coordinación, cooperación y colaboración con todos aquellos órganos de la administración local, regional y nacional conincidencia en la Reserva de la Biosfera, así como con otras Reservas de la Biosfera. Las funcionesrecogidas en el apartado a), b), c), f) podrán ser delegadas en el Presidente de la Junta.
Las funciones recogidas en el apartado d), g), h) e i), podrán ser delegadas en el Gestor de la Reserva de la Biosfera.
1.- En el primer semestre de cada año, la Junta Directiva deberá aprobar una Propuesta de Actuaciones para el ejercicio siguiente. A tal fin, el Gestor de la Reserva de la Biosfera, promoverá la participación activa y atenderá las propuestas de los representantes de todos los valles, elaborará el borrador de propuesta y un informe justificativo,al objeto de que sea debatido por los miembros de la Junta. Dicho informe se remitirá a todos los miembros junto al orden del día de la convocatoria.
2.- Una vez aprobada por la Junta, la Propuesta de Actuaciones se remitirá a los órganos competentes por razón de la materia en función de cada tipo de actuación al objeto de que puedan integrar las en sus respectivos anteproyectos de presupuestos.
3.- Corresponde a la Dirección General con competencia en materia de Calidad Ambiental, la coordinación y gestión de las actuaciones aprobadas por la Junta Directiva incluidas en su presupuesto. Así mismo se pondrá a disposición de las otras Direcciones Generales y otras entidades para su apoyo en las actuaciones que éstas lleven a cabo en el ámbito de la Reserva de la Biosfera y para recabar información de las mismas.
4.Igualmente a través del Gestor de la Reserva de la Biosfera se desarrollarán las siguientes actuaciones:
a) Ejecutar el Plan de Gestión y las actuaciones presupuestadas por la Dirección General de Calidad Ambiental en la Reserva de la Biosfera.
b) Recopilar la información de todas las actividades que se realicen en la Reserva de la Biosfera y elaborar los programas de divulgación y educación, con la colaboración de la Dirección competente en materia de Medio Natural.
5. Al final de cada año se convocará a la Junta al objeto de ser informada del estado de la ejecución de la Propuesta de actuaciones anual.