Periodo hábil: Aguas ciprinícolas todo el año.
Aguas trucheras: sólo en las fechas y condiciones autorizadas para la trucha común.
Tallas: deben restituirse a las aguas todos los ejemplares con dimensiones menores de:
Especies y tallas
| Especies | Tallas (cm) | Cupos |
|---|---|---|
| Barbo común |
35 |
2 |
| Tenca |
15 |
5 |
| Foxino |
8 |
- |
| Anguila |
25 |
5 |
| Carpín |
- |
- |


En los tramos de captura y suelta del Ebro que figuran en el la Orden anual, todas las especies de de ciprínidos pescables no exóticos tendrán cupo de 0 capturas, por lo que los ejemplares capturados deberán liberarse en las mejores condiciones posibles tras su captura.