AVISO
LA OFICINA ELECTRÓNICA ESTA SUFRIENDO INTERRUPCIONES PERIÓDICAS QUE PUEDEN AFECTAR AL ENVÍO DE SOLICITUDES Y DOCUMENTOS.
DISCULPEN LAS MOLESTIAS
Estamos trabajando en un nuevo diseño de la oficina electrónica. De momento convivirán ambos formatos.
Acceso al nuevo diseño de la Oficina Electrónica.
Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test:
Ayudas a la adquisición de libros de texto para alumnos que cursen estudios en Educación Primaria (1º, 2º), en centros docentes sostenidos con fondos públicos, en el curso 2022/2023
Requisitos
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios/as de las subvenciones convocadas mediante la presente resolución, los/as representantes legales del alumnado matriculado para el curso 2022/2023, en cualquiera de los siguientes niveles educativos:
Requisitos
Para ser beneficiario/a de estas ayudas los/las solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:
Para el cálculo de los importes a los que se hacen referencia en los apartados 2 y 3, se tendrá en cuenta lo indicado en el apartado Noveno de la presente resolución.
Cuantía de las ayudas
Con carácter general y en función del tramo de renta per cápita en el que se encuentra la unidad familiar del/de la solicitante, las ayudas a conceder serán las siguientes:
i. Tipo 1: En el supuesto en que la renta per cápita sea inferior o igual a 9.000 euros
ii. Tipo 2: En el supuesto en que la renta per cápita sea superior a 9.000 euros e inferior o igual a 12.000 euros
Con carácter especial: para el alumnado cuyos tutores sean perceptores de la Renta de ciudadanía de La Rioja en el año 2021, se les concederá también el importe de las de Tipo 1 pero se les denominará como Tipo 3 para su diferenciación.
El importe de las ayudas no podrá superar el coste real de adquisición de los libros de texto en dichos niveles de enseñanza, por lo que se ajustará al importe justificado conforme a las facturas que se presenten.
Documentación
Aportación de documentos: junto con la solicitud.
La solicitud deberá ser correctamente cumplimentada, especial cuidado en los apartados:
Junto con la solicitud se aportará la siguiente documentación:
- Libro de familia
- Sentencia de separación o divorcio, si procede
- Certificado de defunción, si procede
- Certificado expedido por la Hacienda Foral de los ingresos, del año 2021. SOLO para aquellos que tributen en TERRITORIOS FORALES
- Volante de empadronamiento o documento equivalente donde consten todos los miembros de la unidad familiar a fecha 31 de diciembre de 2021. Los residentes en las siguientes localidades NO aportarán dicha documentación, se expedirá por dichos Ayuntamientos, salvo que se opongan expresamente los interesados:
Salvo que los documentos originales deban obrar en el procedimiento, los ciudadanos tendrán derecho a aportar -en lugar de copia compulsada- copias de los mismos cuya fidelidad quedará garantizada mediante la aportación de declaración responsable del interesado, sin perjuicio de la posterior facultad de comprobación por parte de la Administración.
El modelo de declaración responsable se encuentra disponible en Oficinas de Registro
Si se hace de manera electrónica
Escanee la documentación y adjúntela a la solicitud.
LA FACTURA justificativa del gasto en la adquisición de libros se deberá presentar junto con la solicitud de la ayuda.
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica: desde el botón Tramitar. En este momento serán rederigidos a la Secretaría Virtual de RACIMA, desde donde se GRABARÁ la SOLICITUD.
De forma presencial a través de:
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Plazos
Más información
Orden EDU/39/2018, de 20 de junio, por la que se regula el programa de gratuidad de libros de texto y las ayudas destinadas a financiar la adquisición de libros de texto, en los centros sostenidos con fondos públicos que impartan enseñanzas de carácter obligatorio en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de La Rioja
Resolución de 5 de septiembre de 2022, Resolución 127/2022, de 5 de septiembre, de la Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, por la que se convocan las ayudas a la adquisición de libros de texto, para el curso escolar 2022/2023
Extracto de la resolución de convocatoria curso 2022/2023
Orden EDC/40/2020, de 15 de julio, por la que se modifica la Orden EDU/39/2018 de 20 de junio
Orden EDC/13/2021, de 29 de marzo, por la que se modifica la Orden EDU/39/2018 de 20 de junio
Contra la Resolución que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse RECURSO POTESTATIVO DE REPOSICIÓN ante éste mismo órgano en el plazo de UN MES desde el día siguiente a su notificación; o directamente RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO en el plazo de DOS MESES desde el día siguiente a su notificación ante el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
Contacto
Servicio de Enseñanza Concertada
Teléfono de información de Educación: 941 291 100