Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test:
Subvenciones a Centros Regionales Riojanos asentados en territorio nacional, fuera de la Comunidad Autónoma de La Rioja, y a Centros Riojanos en el exterior asentados fuera del territorio nacional, destinadas a financiar actividades que supongan un mayor conocimiento de la cultura, la historia y las tradiciones de La Rioja.
Requisitos
Beneficiarios
Centros Riojanos que figuren inscritos en el Registro de Colectividades Riojanas asentados fuera del territorio, según lo dispuesto en la Ley 6/2005, de 15 de junio, de la Comunidad Riojana en el Exterior.
Gastos subvencionables
Las ayudas se podrán solicitar para dos tipos de programas:
Podrán acogerse a las ayudas todos los programas que hayan sido desarrollados a partir del 1 de enero del año de la convocatoria y que se ajusten a lo previsto por la Orden reguladora.
Documentación
La solicitud, suscrita por un representante de la entidad, deberá estar acompañada de la siguiente documentación:
Aportación de documentos junto con la solicitud
Si el trámite se hace de forma presencial
Escanee la documentación y adjúntela a la solicitud.
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se realizará de forma electrónica desde el botón Tramitar
Guía para la presentación electrónica de la solicitud
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
20 días naturales, contados desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja (fecha de publicación en el BOR: 27 de marzo de 2018).
El plazo de presentación de solicitudes comienza el 28 de marzo y finaliza el 16 de abril de 2019.
Los Centros Regionales Riojanos y Centros Riojanos en el Exterior beneficiarios de subvención, deberán justificar la totalidad de la misma antes del 28 de febrero de 2020.
Más información
Orden 2/2008, de 31 de marzo, de la Consejería de Presidencia por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a los Centros Regionales Riojanos y Centros Riojanos en el Exterior y se procede a su convocatoria para el ejercicio 2008.
Resolución 129/2019, de 7 de marzo, de la Consejería de Presidencia, Relaciones Institucionales y Acción Exterior, por la que se aprueba el gasto y se convocan subvenciones para el año 2019 a los Centros Regionales Riojanos y Centros Riojanos en el Exterior (Texto íntegro)
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
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