Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test:
Subvenciones destinadas a proyectos de cooperación con países en vía de desarrollo que aborden iniciativas integrales a corto plazo que afecten a un sector de desarrollo y cuya ejecución comience en el año de la convocatoria y no sea superior a 12 meses.
Requisitos
Beneficiarios
Organizaciones no Gubernamentales para el Desarrollo y demás asociaciones, entidades y organizaciones que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 11.1 de la Ley 4/2002, de 1 de julio, de Cooperación para el Desarrollo y en el artículo 13 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero.
Documentación
La solicitud, en formato electrónico, debidamente firmada por el responsable de la entidad, deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
Aportación de documentos junto con la solicitud
Escanee la documentación y adjúntela a la solicitud.
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar
De forma electrónica desde el botón Tramitar
Plazos
UN MES, contado a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja (fecha de publicación en el BOR: 11 de mayo de 2018).
Fin de plazo: 12 de junio de 2018
Más información
Ley 4/2002, de 1 de julio, de Cooperación para el Desarrollo.
Orden 1/2010, de 4 de enero, de la Consejería de Presidencia, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades que presenten proyectos de cooperación al desarrollo y sensibilización ciudadana en materia de cooperación al desarrollo.
Resolución 97/2018, de 7 de mayo, de la Consejería de Presidencia, Relaciones Institucionales y Acción Exterior, por la que se convocan para 2018 subvenciones a entidades que presenten proyectos de ejecución anual de cooperación al desarrollo al amparo de la Orden 1/2010, de 4 de enero, de la Consejería de Presidencia, Relaciones Institucionales y Acción Exterior
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
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