Periodo hábil
Del 29 de marzo al 30 de agosto de 2026, ambos inclusive, salvo excepciones contempladas en la Zonificación piscícola de la Orden anual. Para conocer las fechas concretas de cada tramo de río consultar las limitaciones especiales por cuencas.
El período comprendido entre el 1 al 30 de agosto de 2026 sólo se autoriza la pesca SIN MUERTE.
Días hábiles
Lunes (SÓLO PESCA SIN MUERTE), miércoles, jueves (SÓLO PESCA SIN MUERTE), sábados, domingos y festivos de ámbito nacional o autonómico del período hábil, salvo excepciones recogidas en la Zonificación piscícola. Los lunes y jueves no festivos sólo se autoriza pesca sin muerte.
Dimensiones mínimas
Con las excepciones detalladas en la zonificación piscícola de la Orden, se prohíbe de manera general la pesca de la trucha de tamaño igual o inferior a 23 cm.
Cupos de captura
Talla general
Artes
Se autoriza exclusivamente una caña dispuesta para su uso.
Prohibiciones
Se prohibe la práctica de cualquier modalidad de pesca desde desde embarcación o desde aparato flotante en aguas trucheras.
Cebos prohibidos
Los establecidos en función de las modalidades de pesca.