La Administración riojana al abordar esta Estrategia Digital no parte de cero. Desde hace varios años ya se viene trabajando en aspectos que recogen estos Planes y Estrategias que hemos citado y que también se han plasmado en nuestros propios planes como el Plan Estratégico para la Sociedad del Conocimiento de La Rioja del año 2000 y el Plan de Excelencia en el Gobierno de la Rioja del Año 2008.
Por este motivo, se muestra a continuación una evaluación de la situación actual en materia de Administración electrónica que incluye las iniciativas llevadas a cabo en materia de:
Portal del Gobierno de La Rioja. Se ha renovado y potenciado el portal web del Gobierno de La Rioja, como instrumento de recogida, actualización y consolidación de la información y de los servicios prestados por los distintos Departamentos y sus organismos públicos
Quejas y Sugerencias. El Decreto 118/2007, de 27 de septiembre, por el que se regula el libro de Quejas y Sugerencias de la Comunidad Autónoma de La Rioja ha hecho posible que la presentación de quejas y sugerencias pueda realizarse a través de www.larioja.org
Firma electrónica. El Gobierno de La Rioja suscribió un convenio con la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT) para la entrega de certificados digitales que permite a las Oficinas de Atención al Ciudadano realizar los trámites necesarios para la obtención de firma electrónica por los ciudadanos.
Sede electrónica. Tras la publicación del Decreto 2/2010, de 15 de enero , por el que se modifica el Decreto 57/2006, de 27 de octubre, por el que se regula la atención al ciudadano en la Comunidad Autónoma de La Rioja, se crea la sede electrónica de la Administración General de la Comunidad Autónoma.
Registro electrónico. El Decreto 58/2004, de 29 de octubre, por el que se regula el Registro en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja y sus Organismos Públicos fue objeto de modificación en 2010 y se crea el Registro Electrónico de conformidad con la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
Publicación del Boletín Oficial de La Rioja. El Decreto 47/2008, de 11 de julio, por el que se regula el Boletín Oficial de La Rioja introdujo una nueva regulación del Boletín Oficial de La Rioja con el fin de facilitar su gestión y favorecer la utilización de los medios electrónicos, informáticos y telemáticos agilizando el proceso de edición del Boletín.
Tablón de anuncios virtual. La Ley 5/2008, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2009 crea el tablón de anuncios virtual en el que se publican los anuncios o edictos de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja con la misma efectividad que su anterior publicación en el tablón físico.
Desarrollo e implantación de aplicaciones informáticas para la mejora en la gestión de procedimientos, con la incorporación de numerosas aplicaciones y sistemas tanto de carácter general como sectorial, como por ejemplo. en el ámbito de personal con el Sistema Integrado de Gestión de Personal (SIGPIN) o, en el entorno económico con Sistema de Información Contable para las Administraciones Públicas (S.I.C.A.P.)
Catálogo de procedimientos. Implantado y en funcionamiento en cumplimiento de la Orden 14/2012, de 4 de septiembre, de la Consejería de Administración Pública y Hacienda por la que se regula el Catálogo de Procedimientos Administrativos de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja y de sus Organismos Públicos.
Notificaciones y comunicaciones. El Decreto 69/2012, de 14 de diciembre, por el que se regulan las comunicaciones y notificaciones electrónicas en el Sector Público de La Comunidad Autónoma de La Rioja ha determinado que los entes públicos incluidos en su ámbito de aplicación practicarán las notificaciones electrónicas mediante el acceso de la persona interesada a una dirección electrónica habilitada en la sede electrónica. Actualmente el citado servicio de notificaciones electrónicas se encuentra en fase de desarrollo estando planificada su implantación para el segundo semestre del 2013.
El Decreto también establece que las comunicaciones internas que precisen constancia de la transmisión y recepción e identificación auténtica de remitente y destinatario deberán realizarse utilizando la aplicación informática específica de comunicaciones, del mismo modo que la tramitación por los órganos y unidades de la Administración General de los procedimientos correspondientes a vacaciones, permisos y licencias siempre que el personal afectado disponga de los medios informáticos necesarios en su puesto de trabajo.
Servicios de respuesta inmediata. El sistema de Servicios de respuesta inmediata engloba procedimientos en los que la inmediatez en su prestación permite que las fases de inicio y resolución del mismo puedan realzarse en un solo acto en el mismo momento en el que se atiende al ciudadano. Estos servicios constituyen una apuesta importante por facilitar la relación de los ciudadanos con la administración autonómica a través de los distintos canales que se encuentren disponibles.
Las infraestructuras corporativas TIC se constituyen en una red neuronal donde los DataCenters son sus centros neurálgicos y sus ramificaciones forman la propia "red institucional" constituida por: