Descripción
Impuesto que grava las transmisiones patrimoniales onerosas, operaciones societarias y actos jurídicos documentados.
Son de interés:
- Operaciones Societarias: El Impuesto recae sobre las operaciones societarias de constitución, así como en las de variación de capital, fusión, transformación y disolución de la Sociedad.
- Están obligados a pagar el impuesto:
- La Sociedad: en las operaciones de constitución, aumento de capital, fusión y transformación.
- Los Socios: por los bienes y derechos recibidos, en caso de disolución de la sociedad y reducción de capital social.
- La base imponible coincide en el caso de la constitución de la empresa con el importe del capital nominal inicial. El tipo de gravamen es el 1%. La cuota tributaria a ingresar resulta de aplicar ese tipo a la base imponible. Actos Jurídicos Documentados.
- El impuesto recae sobre el adquiriente del bien o derecho y en su defecto, las personas que insten o soliciten los documentos notariales, o aquellos en cuyo interés se expidan.
- El tributo se satisfará mediante cuotas variables o fijas, atendiendo a que el documento que se formalice, otorgue o expida, tenga o no por objeto cantidad o cosa valuable en algún momento de su vigencia.
Documentación
El impreso necesario para la liquidación del impuesto es el:
- Modelo 600 facilitado por la Delegación de Hacienda y se acompañará de:
- Primera copia y copia de la Escritura de Constitución de la Sociedad.
- D.N.I. o C.I.F.
Plazos de solicitud
Se presentará la liquidación antes de treinta días hábiles a partir del otorgamiento de la Escritura Pública ante el Notario.
Lugar
Se presenta la liquidación y se realiza el pago en la Delegación de Hacienda del Ministerio de Economía y Hacienda correspondiente a la provincia donde se encuentre domiciliada la Sociedad.
- LOGROÑO
- C/ Calle Víctor Pradera, 4. Teléfono: 941 28 00 00
- CALAHORRA
- C/ Calle Dos de Mayo, 2. Teléfono: 941 13 44 12
- HARO
- C/ Calle Castilla s/n Teléfono: 941 31 23 12