Remisión al órgano de personal del parte médico de incapacidad temporal emitido por la Seguridad Social
Requisitos
Deberán presentar sus parte médicos de incapacidad temporal los funcionarios y personal laboral docente de la Comunidad Autónoma de La Rioja incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social.
Documentación
Junto a la solicitud, se podrá presentar documentación justificativa.
Aportación de copias
Si se hace de manera electrónica
El artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos dispone que los interesados podrán aportar al expediente copias digitalizadas de los documentos, cuya fidelidad con el original garantizarán mediante la utilización de firma electrónica avanzada o DNI electrónico.
Si presenta documentación justificativa, puede comprimir los documentos en un archivo formato "zip"
Cómo tramitarlo
Los partes de incapacidad temporal podrán presentarse en cualquier registro oficial así como en el registro electrónico de la Comunidad Autónoma de La Rioja
Plazos
Parte de baja: el trabajador deberá presentar a la empresa la copia del parte de baja destinada a ella, en el plazo de 3 días a partir de la fecha de su expedición.
Parte de confirmación: los mismos plazos que el parte de baja.
Parte de alta: será presentado por el trabajador a la empresa, dentro de las 24 horas a partir de la expedición.
Más información
Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros trescientos sesenta y cinco días de su duración
Se recuerda que según la Resolución de 1 de abril de 2019, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, para la tramitación electrónica y actualización de modelos previstos en la Orden PRE/1744/2010, de 30 de junio, los modelos de parte y de solicitud estarán disponibles en el portal de internet www.muface.es.
Se requiere codificación del diagnóstico en CIE 10 ES.
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
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