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Oficina electrónica

Proceso de admisión y matriculación del alumnado oficial en régimen presencial en las Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Fuera de plazo de solicitud | Presencial Electrónico con clave concertada
Información Petición de información Utilice este formulario para formular consultas. Para tramitar, pinche en el botón Tramitar.

Regulación del procedimiento de admisión y matriculación del alumnado de las enseñanzas de idiomas de régimen especial en las Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

 

  • Requisitos
  • Documentación
  • Cómo tramitarlo
  • Plazos
  • Tasas
  • Notificaciones
  • Contacto
  • Más información
  • Contraer

Requisitos

Destinatarios

Aquellas personas interesadas en acceder a las enseñanzas de idiomas de régimen especial en las Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad Autónoma de La Rioja. 

Requisito de acceso

Con carácter general para acceder a estas enseñanzas será requisito imprescindible tener dieciséis años cumplidos en el año en que comiencen los estudios. Asimismo, podrán acceder los mayores de catorce años par seguir las enseñanzas de un idioma distinto del cursado en la Educación Secundaria Obligatoria como primera lengua extranjera.

Documentación

  • Solicitud admisión Escuela Oficial de Idiomas
  • De acuerdo con lo establecido en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los interesados tienen derecho a no aportar documentos que ya se encuentren en poder de la Administración actuante o hayan sido elaborados por cualquier otra Administración. La Administración actuante podrá consultar o recabar dichos documentos salvo que el interesado se opusiera a ello.

    Documentación a aportar

    Consulte el artículo 11 de la Orden reguladora

    Solicitud de admisión Escuela Oficial de Idiomas Documento en formato .doc ( 156 Kb)
    Solicitud de anulación de matrícula Documento en formato .doc ( 111 Kb)
    Solicitud de renuncia de matrícula Documento en formato .doc ( 104 Kb)
    Solicitud de modificación de matrícula Documento en formato .doc ( 104 Kb)
    Solicitud de traslado de expediente Documento en formato .doc ( 108 Kb)

Cómo tramitarlo

Con el fin de agilizar su tramitación, estas se presentarán preferentemente en las Escuelas Oficiales de Idiomas de manera presencial, o en su caso, a través de la aplicación informática que se encuentre habilitada en la página web de las Escuelas Oficiales de Idiomas, sin perjuicio de que puedan presentarse en cualquiera de los lugares señalados  en el Art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 6 del Decreto 58/2004, de 29 de octubre, por el que se regula el Registro en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja y sus Organismos Públicos.

 

Asimismo, cabe su presentación vía telemática en la Oficina electrónica de la sede electrónica del Gobierno de La Rioja, para lo que deberá disponerse de un certificado de firma digital reconocido por el Gobierno de La Rioja o, en su caso, del Documento Nacional de Identidad electrónico. Las solicitudes que incluyan la firma electrónica reconocida y cumplan las previsiones del Decreto 58/2004, de 29 de octubre, producirán respecto de los datos y documentos consignados de forma electrónica, los mismos efectos jurídicos que las solicitudes formuladas de acuerdo con el artículo 66 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Escuela Oficial de Idiomas "El Fuero" de Logroño

  • Escuela Oficial de Idiomas de Calahorra
  • Escuela Oficial de Idiomas de Haro
  • Oficinas de registro

Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de  Atención al Ciudadano

Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

Plazos

  • Plazo de presentación de solicitudes

    Plazo de presentación de solicitudes: Del 1 al 21 de junio ambos inclusive.

    IMPORTANTE - Resolución de 25 de mayo de 2020, de la Dirección General de Educación, por la que se reanudan los plazos de los procedimientos de admisión y matriculación del alumnado en régimen presencial para el curso 2020/2021 y los plazos de matriculación para participar en las pruebas de certificación del curso 2019/2020 del alumnado en régimen de enseñanza libre de las Escuelas Oficiales de Idiomas, y se convoca un procedimiento extraordinario de admisión, pruebas de acceso y matriculación de las enseñanzas elementales y profesionales de música en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Rioja.

     Plazo de matriculación presencial en las Escuelas, ver otros plazos (modificación plazos en la EOI "El Fuero" de Logroño según Resolución de 1 de julio de 2020, de la Dirección General de Educación por la que se modifican los plazos del procedimiento de admisión y matriculación del alumnado en régimen presencial, en la Escuela Oficial de Idiomas "El Fuero" de Logroño, para el curso académico 2020/2021).

  • Otros plazos

    Listado provisional de  alumnos admitidos: 7 de julio

     Presentación de reclamaciones:  8, 9 y 10 de julio

     Listado definitivo de alumnos admitidos: 15 julio

     MODIFICACIÓN POR RESOLUCIÓN DE 1 DE JULIO DE 2020 (solo para EOI "El Fuero" de Logroño): Matriculación alumnado de la Escuela, niveles en los que no se certifica y los que han anulado matrícula: Del 6 al 24 de julio, ambos inclusive

     MODIFICACIÓN POR RESOLUCIÓN DE 1 DE JULIO DE 2020 (solo para EOI "El Fuero de Logroño): Matriculación alumnos nuevos admitidos: del 27 al 31 de julio, ambos inclusive. 

    Las EOI de Haro y Calahorra siguen para la matriculación el calendario publicado mediante la Resolución de 25 de mayo (BOR del 29), del 6 al 14 de julio para el primer grupo de alumnos reflejado anteriormente y a partir del 15 de julio para el segundo.

    LA MATRÍCULA SE LLEVARÁ A CABO EN LA ESCUELA CORRESPONDIENTE.

Más información

  • Otros Impresos
    • Tablas de equivalencia de certificados Documento en formato .pdf ( 161.7 Kb)
  • Normativa:

    Real Decreto 1041/2017, de 22 de diciembre, por el que se fijan las exigencias mínimas del nivel básico a efectos de certificación, se establece el currículo básico de los niveles intermedio B1, intermedio B2, avanzado C1 y avanzado C2 de las Enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación, y se establecen las equivalencias entre las Enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas en diversos planes de estudios y las de este Real Decreto.

    Real Decreto 1/2019, de 11 de enero, por el que se establecen los principios básicos comunes de evaluación aplicables a las pruebas de certificación oficial de los niveles intermedio B1, intermedio B2, avanzado C1 y avanzado C2 de las enseñanzas de idiomas de régimen especial.

    Decreto 26/2018, de 31 de agosto, por el que se establece la ordenación y el currículo de los niveles básico, intermedio y avanzado de las enseñanzas de idiomas de régimen especial en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

    Orden EDU/11/2019, de 27 de abril, Orden EDU/11/2019, de 27 de marzo, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, por la que se regula el procedimiento de admisión y matriculación del alumnado de las enseñanzas de idiomas de régimen especial en las Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad Autónoma de La Rioja

    Resolución de 8 de abril de 2019, de la Dirección General de Educación, por la que se establece la oferta educativa en la modalidad presencial de los grupos en las Escuelas Oficiales de Idiomas y extensiones de la Comunidad Autónoma de La Rioja y se señala el calendario para la admisión y matriculación en el curso académico 2019/2020

    Resolución de 18 de febrero de 2020, Resolución de 18 de febrero de 2020, de la Dirección General de Educación, por la que se dictan instrucciones en relación con la organización de las pruebas de certificación del alumnado en régimen de enseñanza libre, de las enseñanzas de idiomas de régimen especial impartidas en las Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad Autónoma de La Rioja, para el curso académico 2019/2020.

    Resolución de 5 de marzo de 2020, por el que se establece la oferta educativa en la modalidad presencial de los grupos en las Escuelas Oficiales de Idiomas y extensiones de la Comunidad Autónoma de La Rioja y se señala el calendario para la admisión y matriculación en el curso académico 2020/2021.

    Resolución de 25 de mayo de 2020, Resolución de 25 de mayo de 2020, Resolución de 25 de mayo de 2020, de la Dirección General de Educación, por la que se reanudan los plazos de los procedimientos de admisión y matriculación del alumnado en régimen presencial para el curso 2020/2021 y los plazos de matriculación para participar en las pruebas de certificación del curso 2019/2020 del alumnado en régimen de enseñanza libre de las Escuelas Oficiales de Idiomas, y se convoca un procedimiento extraordinario de admisión, pruebas de acceso y matriculación de las enseñanzas elementales y profesionales de música en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Rioja.

    Resolución de 1 de julio de 2020, por la que se modifican los plazos del procedimiento de admisión y matriculación del alumnado en régimen presencial, en la Escuela Oficial de Idiomas “El Fuero” de Logroño, para el curso académico 2020/2021.

  • Sentido de silencio (silencio administrativo):
    Según normativa aplicable
  • Recurso que procede:
    Alzada
  • Otros enlaces:

     

     

  • Tasas:

    Modos de pago:

    • Cargo en cuenta
  • Notificaciones

      La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de  1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

      Téngase en cuenta que para acceder  a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.

    Organismo

    • Consejería competente: Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud
    • Órgano competente: Dirección General de Innovación Educativa
    • Unidad tramitadora: Servicio de Ordenación Educativa
    • Cargo que resuelve: Sr./Sra. Director/a General

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
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    • Escuela Oficial de Idiomas de Calahorra
    • Escuela Oficial de Idiomas de Haro
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