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Oficina electrónica

Conciertos educativos con centros docentes privados sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de La Rioja
Fuera de plazo de solicitud | Electrónico con certificado
Información Petición de información Utilice este formulario para formular consultas. Para tramitar, pinche en el botón Tramitar.

Los conciertos educativos tienen por objeto garantizar la impartición de la educación básica obligatoria y gratuita en centros privados, mediante la asignación de fondos públicos destinados a este fin por la Administración.

Mediante este procedimiento se posibilita la suscripción por primera vez al régimen de conciertos educativos de los centros docentes privados sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de La Rioja, así como la renovación de los conciertos educativos existentes y sus modificaciones durante los cursos 2019/2020 a 2024/2025.

Tramitar

 

  • Requisitos
  • Documentación
  • Cómo tramitarlo
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  • Más información
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Requisitos

Podrán solicitar el acceso al régimen de conciertos los titulares de los centros docentes privados que figuren en el Registro de Centros Docentes no Universitarios de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Tendrán preferencia para acogerse al régimen de conciertos educativos, aquellos centros que:
  • Satisfagan necesidades de escolarización.
  • Atiendan a poblaciones escolares de condiciones socioeconómicas desfavorables de la población escolar atendida.
  • Realicen experiencias de interés pedagógico para la calidad de la enseñanza y para el sistema educativo.
  • Además, tendrán preferencia aquellos centros que en régimen de cooperativa cumplan con las finalidades anteriormente señaladas.

 

Documentación

  • Solicitud, escrito o comunicación
  • La solicitud deberá ir acompañada de la documentación relacionada en el apartado 2 a) de la misma, según el caso, y además de la siguiente:

    • Certificado del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social; solo en el caso de NO Autorizar la consulta de ficheros (apartado 2.b).
    • Anexos I a VII, en función del objeto de la solicitud.

     

     

    Modelo de solicitud Documento en formato .doc ( 95 Kb)
    Anexo I Educación Infantil 2º ciclo Documento en formato .doc ( 72 Kb)
    Anexo II Educación Primaria Documento en formato .doc ( 73.5 Kb)
    Anexo III Educación Secundaria Obligatoria Documento en formato .doc ( 72.5 Kb)
    Anexo IV Apoyos educativos y Programas Documento en formato .doc ( 86.5 Kb)
    Anexo V Ciclos Formativos y FP Básica Documento en formato .doc ( 95.5 Kb)
    Anexo VI Bachillerato Documento en formato .doc ( 75 Kb)
    Anexo VII Educación Especial Documento en formato .doc ( 77.5 Kb)

Cómo tramitarlo

La presentación de solicitudes se realizará de forma electrónica desde el botón Tramitar

Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

Plazos

  • Plazo de presentación de solicitudes

    Las solicitudes se formularán en el mes de enero anterior al inicio del año académico para el que se solicita.

  • Plazo de resolución y notificación
    Los conciertos educativos que se acuerden al amparo de esta Orden se formalizarán en documento administrativo antes del 15 de mayo del año correspondiente.

Más información

  • Normativa:

    Orden EDU/89/2018, de 20 de diciembre, por la que se establecen las normas para la aplicación del régimen de conciertos educativos a los centros docentres privados de la Comunidad Autónoma de La Rioja, así como el procedimiento por el que se regirá la suscripción por primera vez de dicho régimen, la renovación de los conciertos educativos existentes así como sus modificaciones durante los cursos escolares 2019/2020 a 2024/2025

  • Sentido de silencio (silencio administrativo):
    Negativo
  • Recurso que procede:
    Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo
  • Tasas: No tiene tasa
  • Notificaciones

      La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de  1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

      Téngase en cuenta que para acceder  a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.

    Organismo

    • Consejería competente: Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud
    • Órgano competente: Dirección General de Gestión Educativa
    • Unidad tramitadora: Servicio de Enseñanza Concertada
    • Cargo que resuelve: Sr./Sra. Consejero/a

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente

    • Javier Sainz de Murieta Arriaga
    • Marta Cortázar Elorriaga

    Asistencia técnica

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