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Oficina electrónica

Solicitud de adquisición de nuevas especialidades para funcionarios de carrera del cuerpo de Maestros
Continuo | Presencial Electrónico con certificado
Información Petición de información Utilice este formulario para formular consultas. Para tramitar, pinche en el botón Tramitar.

Solicitud de adquisición de nueva especialidad para funcionarios de carrera del cuerpo de Maestros.

Tramitar

 

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Requisitos

Ser funcionario de carrera del cuerpo de maestros.

Documentación

  • Solicitud
  • La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:

    • Para los funcionarios que se encuentran en alguno de los supuestos recogidos en el artículo 4 del Real Decreto 1594/2011, de 4 de noviembre: Documentación justificativa de alguna de las titulaciones requeridas para el reconocimiento de la especialidad.
    • Para los funcionarios que se encuentran en el supuesto establecido en la disposición transitoria segunda del Real Decreto 1594/2011, de 4 de noviembre: Documentación justificativa alguna de las titulaciones o cursos recogidos en el Real Decreto 895/1989, de 14 de julio, que reguló la provisión de puestos de trabajo de los colegios públicos de preescolar, EGB, y Educación especial y la Orden Ministerial de 19 de abril de 1990 que creó el puesto de trabajo de EGB-Educación musical y estableció el procedimiento para reconocer la habilitación para ocupar esos puestos.
    Solicitud Documento en formato .rtf ( 640.2 Kb)

Cómo tramitarlo

La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

De forma electrónica desde el botón Tramitar

De forma presencial a través de:

  • La Oficina de Registro del órgano competente
  • Oficinas de registro

Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de  Atención al Ciudadano

Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

Plazos

  • Plazo de presentación de solicitudes
    • Para los funcionarios que se encuentran en alguno de los supuestos recogidos en el artículo 4 del Real Decreto 1594/2011, de 4 de noviembre: No existe plazo máximo.
    • Para los funcionarios que se encuentran en el supuesto establecido en la disposición transitoria segunda del Real Decreto 1594/2011, de 4 de noviembre: del 10 de noviembre de 2011 al 9 de febrero de 2012.

Más información

  • Otros Impresos
    • Nota informativa Documento en formato .pdf ( 63.1 Kb)
  • Normativa:

    Real Decreto 1594/2011, de 4 de noviembre, por el que se establecen las especialidades docentes del Cuerpo de Maestros que desempeñen sus funciones en las etapas de Educación Infantil y de Educación Primaria reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

    Véase además NOTA INFORMATIVA en la pestaña "Más información".

  • Sentido de silencio (silencio administrativo):
    Negativo
  • Recurso que procede:
    Alzada
  • Tasas: No tiene tasa
  • Notificaciones

      La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de  1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

      Téngase en cuenta que para acceder  a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.

    Organismo

    • Consejería competente: Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud
    • Órgano competente: Dirección General de Gestión Educativa
    • Unidad tramitadora: Servicio de Personas
    • Cargo que resuelve: Consejero/a

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente

    • 941 291 669

    Asistencia técnica

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