Portal del Gobierno de La Rioja

Saltar al contenido

  • Redes SocialesEnlace a una aplicación externa.
  • TwitterEste enlace se abrirá en una ventana nueva.
  • FacebookEste enlace se abrirá en una ventana nueva.
  • YoutubeEste enlace se abrirá en una ventana nueva.
  • InstagramEste enlace se abrirá en una ventana nueva.
  • RSS
  • Modo accesibleEnlace a una aplicación externa.
  • Aplicaciones móvilesEnlace a una aplicación externa.
  • Inicio
  • Fecha y Hora Sede
  • Contactar
  • Suscripciones
  • Empleados
  • BOREnlace a una aplicación externa.
  • Acceso restringido
  • Direcciones útiles
Ir a la página principal
Búsqueda avanzada
  • La Comunidad
  • El Presidente
  • El GobiernoEnlace a una aplicación externa.
  • Oficina electrónica

Educación

  • Noticias Generales
  • Universidades e investigación
    • Destacados Universidad
  • Escolarización
  • Oferta educativa
  • Calendario escolar
  • Adultos
  • RacimaEste enlace se abrirá en una ventana nueva.
  • MufaceEnlace a una aplicación externa.
  • Inicio
  • Educación
  • Imprimir
  • Share
  • Centros
  • Alumnos y familias
  • Recursos humanos
  • Innovación y formación
  • Diversidad
  • Ordenación
  • F.P.
  • Universidad
  • Inspección

Oficina electrónica

Convocatoria de pruebas para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, por los alumnos que no lo hayan obtenido al finalizar la etapa
Fuera de plazo de solicitud | Presencial Electrónico con certificado
Información Petición de información Utilice este formulario para formular consultas. Para tramitar, pinche en el botón Tramitar.

Instrucciones que regulan la convocatoria anual de las pruebas para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, por los alumnos que no lo hayan obtenido al finalizar la etapa.

Tramitar

 

  • Requisitos
  • Documentación
  • Cómo tramitarlo
  • Plazos
  • Tasas
  • Notificaciones
  • Contacto
  • Más información
  • Contraer

Requisitos

A esta prueba extraordinaria se podrá presentar todo aquel alumnado que, habiendo finalizado la Educación Secundaria Obligatoria en centros de la Comunidad Autónoma de La Rioja, no haya conseguido evaluación positiva en cinco materias de la etapa como máximo y hubiera cumplido, en el año natural en que finalizaron su permanencia en dicha etapa, 18 años de edad.

A efectos de cómputo de materias, se contabilizará como una materia no aprobada cualquier materia de cualquier curso de la etapa que los alumnos tengan pendiente de superación.

Excepcionalmente, el requisito de edad establecido en el punto anterior, podrá ser rebajado a los 16 años de edad para el alumnado que tenga contrato laboral que le impida acudir al centro educativo en régimen ordinario o sea deportista de alto rendimiento.

En cualquier caso, el alumnado objeto de esta prueba sólo se podrá presentar durante los dos cursos académicos siguientes, al que concluyó su permanencia en el centro.

Contenido de las pruebas

  1. Las pruebas constarán de tantos ejercicios como materias pendientes de calificación positiva sean objeto de examen. El alumno se examinará de las materias pendientes de la Educación Secundaria Obligatoria y, en su caso, de las no superadas en la prueba del año anterior.
  2. Los ejercicios se adecuarán a los objetivos y contenidos establecidos para cada materia en el Decreto 5/2011, de 28 de enero, por el que se establece el Currículo de la Educación Secundaria Obligatoria de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en la Orden 23/2007, de 19 de junio, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte por la que se regula la impartición de la Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad Autónoma de La Rioja y en la Resolución nº 3149, de 3 de septiembre de 2007, de la Dirección General de Educación, por la que se dictan instrucciones para el desarrollo de los Programas de Diversificación curricular en los cursos tercero y cuarto de la Educación Secundaria.

Lugar y fecha de realización de la prueba

  1. La prueba anual para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria se realizará, durante los tres últimos días lectivos, como máximo, del mes de abril en los mismos centros donde estuvieron matriculados los alumnos durante el último curso de la etapa.
  2. Excepcionalmente, el alumnado que hubiera cambiado de residencia y localidad dentro de la Comunidad Autónoma de La Rioja podrá solicitar la realización de dicha prueba en el centro público más próximo a su domicilio actual, siempre que la solicitud vaya acompañada de un certificado de empadronamiento y de fotocopia compulsada de su Historial académico y/o libro de escolaridad.
  3. Los centros educativos se encargarán de publicitar todo lo concerniente a las fechas de realización de las pruebas.

Documentación

  • Solicitud
  • Modelo de solicitud Documento en formato .rtf ( 280.4 Kb)
    Consentimiento para la notificación electrónica Documento en formato .doc ( 37 Kb)
    Solicitud de cambio de medio de notificación Documento en formato .doc ( 63 Kb)
    Sujetos obligados a recibir notificación electrónica Documento en formato .doc ( 37 Kb)

Cómo tramitarlo

La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

De forma presencial a través de:

  • La secretaría del centro docente en el que se hubiera finalizado la etapa.
  • La Oficina de Registro del órgano competente
  • Oficinas de registro

Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de  Atención al Ciudadano

Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

Plazos

  • Plazo de presentación de solicitudes

    Entre el 15 y el 28 de febrero de cada año (ambos inclusive).

Más información

  • Normativa:

    Orden 3/2008, de 22 de febrero, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regula la evaluación, promoción y titulación del alumnado que cursa Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

    Convocatoria anual

  • Sentido de silencio (silencio administrativo):
    Según normativa aplicable
  • Tasas: No tiene tasa
  • Notificaciones

      La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de  1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

      Téngase en cuenta que para acceder  a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.

    Organismo

    • Consejería competente: Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud
    • Órgano competente: Dirección General de Formación Profesional Integrada
    • Unidad tramitadora: Servicio de Formación Profesional

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente

    Asistencia técnica

    • Copyright © 2016 Gobierno de La Rioja
    • Mapa webEnlace a una aplicación externa.
    • Aviso Legal-sede electrónicaEnlace a una aplicación externa.
    • AccesibilidadEnlace a una aplicación externa.
    • Seguridad de la informaciónEnlace a una aplicación externa.
    • Tablón virtual de anuncios
    • ContactoEnlace a una aplicación externa.