Instrucciones que regulan la convocatoria anual de las pruebas para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, por los alumnos que no lo hayan obtenido al finalizar la etapa.
Requisitos
A esta prueba extraordinaria se podrá presentar todo aquel alumnado que, habiendo finalizado la Educación Secundaria Obligatoria en centros de la Comunidad Autónoma de La Rioja, no haya conseguido evaluación positiva en cinco materias de la etapa como máximo y hubiera cumplido, en el año natural en que finalizaron su permanencia en dicha etapa, 18 años de edad.
A efectos de cómputo de materias, se contabilizará como una materia no aprobada cualquier materia de cualquier curso de la etapa que los alumnos tengan pendiente de superación.
Excepcionalmente, el requisito de edad establecido en el punto anterior, podrá ser rebajado a los 16 años de edad para el alumnado que tenga contrato laboral que le impida acudir al centro educativo en régimen ordinario o sea deportista de alto rendimiento.
En cualquier caso, el alumnado objeto de esta prueba sólo se podrá presentar durante los dos cursos académicos siguientes, al que concluyó su permanencia en el centro.
Contenido de las pruebas
Lugar y fecha de realización de la prueba
Documentación
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma presencial a través de:
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
Entre el 15 y el 28 de febrero de cada año (ambos inclusive).
Más información
Orden 3/2008, de 22 de febrero, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regula la evaluación, promoción y titulación del alumnado que cursa Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
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