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Ayudas individualizadas para alumnos residentes en la Comunidad Autónoma de La Rioja, que no puedan hacer uso de las rutas de transporte escolar gestionadas por la Consejería competente en materia de Educación
Requisitos
Requisitos
Podrán solicitar las ayudas objeto de la presente los alumnos que cumplan los requisitos para ser beneficiarios de las mismas conforme al art. 2 de la Orden 1/2016 de 29 de febrero.
Documentación
La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
1. Alumnado matriculado hasta el 1 de septiembre de 2025: 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOR del extracto de la resolución de convocatoria.
Para este alumnado, por lo tanto, el plazo comenzará el día 2 de octubre y finalizará el día 15 de octubre de 2025.
2. Alumnado matriculado en periodo extraordinario: plazo de 10 días hábiles a contar partir del día siguiente a la fecha de matriculación.
Más información
Orden 1/2016, de 29 de febrero, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, por la que se regulan las bases de las ayudas individualizadas de transporte escolar
Resolución 66/2025, de 25 de septiembre, Resolución 66/2025, de la Consejería de Educación y Empleo, por la que se convocan ayudas individualizadas de transporte escolar, durante el curso 2025/2026
Extracto de la Resolución de convocatoria de AIT curso 2025/2026
La presente resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el órgano que dictó la resolución en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 53.2 de la Ley 4/2005, de 1 de junio, de Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja, y en los artículos 107.1 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero; o bien interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Justicia de La Rioja, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
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Contacto
Servicio de Enseñanza Concertada y Subvenciones Educativas
Área de Subvenciones Educativas
Teléfono de información de Educación: 941 291 100