Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test:
Petición de información Utilice este formulario para formular consultas. Para tramitar, pinche en el botón Tramitar.
Ofrecer al alumnado una ampliación del tiempo de aprendizaje fuera del horario lectivo, orientada a favorecer su éxito académico.
Requisitos
Requisitos:
Los centros educativos de titularidad pública de La Rioja que impartan el segundo y tercer ciclo de la etapa de Educación Primaria o la etapa Educación Secundaria Obligatoria.
En ningún caso podrá participar alumnado escolarizado en el primer ciclo de la etapa de Educación Primaria.
Dirigido al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo que presente dificultades en las áreas o materias instrumentales. Deben estar dados de alta en racima como alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.
Excepcionalmente, podrá ser destinatario del programa el alumnado que presente dificultades en las áreas o materias instrumentales (sin estar dado de alta en racima), siempre que se considere que su participación favorezca su éxito escolar.
Excluidos: los centros educativos de titularidad pública de La Rioja que participen en el Programa para la Orientación, Avance y Enriquecimiento educativo en centros de especial complejidad educativa (PROA+, FSE+).
Documentación
Solicitud: La solicitud (anexo I) deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
Plazo fin solicitud: 15 de septiembre de 2025.
Las solicitudes presentadas fuera de plazo o por vía distinta a la establecida serán desestimadas.
La selección se efectuará por orden de puntuación hasta agotar el crédito disponible.
Importe máximo: 14.990 euros.
Criterios de valoración:
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se deberá realizar de forma electrónica desde el botón Tramitar
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
Del 30 de agosto de 2025 al 15 de septiembre de 2025.
El Servicio de Atención a la Diversidad verificará el cumplimiento de requisitos y la documentación aportada.
Si la solicitud no reúne los requisitos exigidos, se requerirá al solicitante para que, en un plazo de diez días hábiles, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos.
Duración del programa: entre el 1 de octubre de 2025 hasta el 29 de mayo de 2026.
Los centros deberán remitir al Servicio de Atención a la diversidad:
Número de alumnos participantes.
Más información
Resolución 43, de 27 de agosto, de la Dirección General de Innovación y Ordenación Educativa por la que se regula el procedimiento de selección de centros docentes públicos de La Rioja para el desarrollo del Programa de Refuerzo Educativo Vespertino, durante el curso escolar 2025-2026
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
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