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Programa de Atención Educativa Domiciliaria en los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja que impartan el segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Educación Básica Obligatoria o Transición a la vida adulta.
Requisitos
Destinatarios
Centros con alumnado que curse enseñanzas del segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Educación Básica Obligatoria o Transición a la vida adulta que presenten necesidades específicas de apoyo educativo, derivadas de lesiones o enfermedades de larga duración que conlleven períodos de permanencia en sus domicilios superiores a un mes.
Excepcionalmente, se podrá valorar la puesta en marcha del Programa de Atención Educativa Domiciliaria en otras enseñanzas no obligatorias y no universitarias.
Documentación
Para la incorporación de un alumno o alumna del centro al programa
Hay que presentar la siguiente documentación:
- Documento I - PAED: Solicitud de los progenitores o personas que ejerzan la tutoría legal de inclusión en el Programa de Atención Educativa Domiciliaria.
- Documento II - PAED: Informe médico.
- Documento III - PAED: Autorización de los progenitores o personas que ejerzan la tutoría legal y designación de responsables. En el caso de la modalidad en soporte virtual no será necesario.
- Documento IV - PAED: Solicitud del centro para participar en el Programa de Atención Educativa Domiciliaria.
- Documento V - PAED: Planificación de la atención educativa domiciliaria.
Para el abono de las horas del profesorado del programa
Hay que aportar la siguiente documentación:
- Documento VI - PAED: Informe diario de supervisión de asistencia del maestro en el domicilio.
Centros docentes de titularidad pública: las horas de atención domiciliaria y coordinación serán supervisadas y justificadas por la Dirección del Centro mediante este anexo, que deberá ser remitido antes del día tres de cada mes.
Centros docentes privados concertados: el centro remitirá trimestralmente a la Dirección General de Innovación y Ordenación Educativa la justificación, según lo establecido en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma, que incluirá tanto la justificación del gasto como el Documento VI - PAED.
Cuando finalice el programa
Hay que aportar la siguiente documentación:
- Documento VII - PAED: Informe final del profesor sobre la prestación del PAED.
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se realizará de forma electrónica desde el botón Tramitar
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
Más información
Resolución 24/2025, de 9 de mayo, de la Dirección General de Innovación y Ordenación Educativa, por la que se aprueban las instrucciones que regulan los Programas de Atención Educativa a las diferencias individuales del alumnado escolarizado en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja, a partir del curso 2025/2026
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
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