Para acceder por primera vez a un centro docente se requerirá la presentación de solicitud de admisión formalizada por el padre, madre o tutor del alumno, si es menor de edad, en la que se indicará el centro solicitado en primer lugar y también podrán hacerse constar otros centros alternativos, por orden de preferencia. En el caso en el que el interesado señale un número de centros que resulte insuficiente para atender la solicitud de escolarización, se le escolarizará después de haber atendido todas las solicitudes presentadas por otros alumnos.
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El 31 de marzo se publicó en el Boletín Oficial de La Rioja el Decreto 24/2021, de 30 de marzo, por el que se regula el procedimiento de admisión del alumnado en los centros públicos y centros privados concertados que imparten segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria y bachillerato. DECRETO 24-2021- (275.7 KB) (12 páginas) .
El 23 de abril salió publicada en el Boletín Oficial de La Rioja la Orden 20/2021, de 22 de abril, de la Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, por la que se regula el procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados que imparten enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria y bachillerato. ORDEN 20-2021 (261.9 KB) (11 páginas)
El 15 de julio se publicó en el Boletín Oficial de La Rioja Resolución 47/2022, de 14 de julio, de la Dirección General de Gestión Educativa, por la que se dictan instrucciones en relación con el procedimiento de escolarización del alumnado, concluido el proceso de admisión, en los centros docentes públicos y privados concertados en las enseñanzas del segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato para el curso académico 2022/2023. Resolución 47-2022 de 14 de julio (407.2 KB) (5 páginas)
1. Presentación de las solicitudes
Se puede presentar:
2. Documentación
a) Documentación acreditativa de la identidad del alumno o alumna
b) Volante de empadronamiento u otro documento que acredite el domicilio de la unidad familiar.
c) Certificado de la última matrícula escolar.
d) Cualquier otro documento que justifique el derecho de plaza escolar del alumno o alumna en La Rioja.
En el Boletín de La Rioja de 13 de marzo de 2022 se publicó la Resolución 28/2022, de 12 de mayo, de la Dirección General de Gestión Educativa, por la que se fijan determinados aspectos del procedimiento de admisión del alumnado en plazo ordinario en los centros públicos y privados concertados en la enseñanza correspondiente al segundo y tercer curso del ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatorio y bachillerato para el curso académico 2022/2023. Resolución escolarización 22-23 (331.2 KB) (12 páginas)
Vacantes
En los siguientes documentos se pueden consultar las plazas ofertadas, por localidad y centro educativo tanto público como privado concertado, en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Calendario: plazos de admisión de solicitudes, fechas de publicación, de reclamaciones de las listas provisionales y definitivas, y plazo de matriculación
Solicitud
Documentación
Presentación de las solicitudes
Zonas de influencia y zonas limítrofes
Número y orden de desempate
Resolución de la Dirección General de Gestión Educativa, por la que se hace público el resultado del sorteo para determinar el número y el orden como criterio de desempate en el procedimiento de admisión del alumnado en las enseñanzas de segundo y tercer curso del segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria y bachillerato para el curso académico 2022/2023
LISTADO NUMERO ALEATORIO_4 y 5 AÑOS-PRIMARIA-ESO (188.1 KB) (36 páginas)
LISTADO NUMERO ALEATORIO_BACHILLERATO (149.7 KB) (17 páginas)
Resolucion desempate escolarizacion 2022-2023 (328.6 KB) (2 páginas)
PREGUNTAS FRECUENTES
Una, si se presentan más se desestiman todas.
La Oficina de Escolarización Permanente gestionará la solicitud una vez resueltas todas las solicitudes del mismo curso.
Un máximo de diez centros.
Cualquier centro público y centro privado concertado con concierto para el curso tres años de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Si, la baremación obtenida para cada centro podrá ser diferente.
En este procedimiento la adjudicación de plazas escolares se hace por puntuación obtenida aplicando el baremo y el orden de preferencia de los centros puestos en la solicitud.
Si no se consigue plaza escolar en el centro de la primera opción, el de la segunda opción pasa a ser el primero, con sus puntos correspondientes, y así sucesivamente. En definitiva, todos los centros incluidos en la solicitud se tramitan como primeras opciones.
Los que se detallan en el Anexo I del Decreto 24/2021, de 30 de marzo, publicados en el BOR de 6 de abril ( ANEXO I DEL DECRETO 24-2021 (254.2 KB) (2 páginas) )
Todo el alumnado que en el curso 2022-2023 vaya a cursar cualquiera de los cursos académicos de esta convocatoria, que quiera cambiar de centro educativo o que se incorpore a la Comunidad Autónoma de La Rioja en dicho curso.
Si como consecuencia de la aplicación del baremo previsto en el Anexo I del Decreto 24/2021, de 30 de marzo, se produjeran empates, éstos se dirimirán aplicando, en el orden establecido y hasta que se produzca el desempate, los criterios que se exponen a continuación:
En Bachillerato el primer criterio de desempate es el expediente académico del alumnado, de 0 a 10 con un decimal:
- para primer curso, media aritmética de las calificaciones de 3.º ESO
- para segundo curso, media aritmética de las calificaciones de 4.º ESO
Si persistiera el empate, se continua con el resto de criterios comunes para todas los cursos académicos de esta convocatoria, en el orden siguiente:
a) Mayor puntuación obtenida en el apartado de hermanos o hermanas matriculados en el centro
b) Mayor puntuación obtenida en el apartado de proximidad del domicilio.
c) Mayor puntuación del lugar de trabajo de alguno de sus padres o tutores legales o quienes ejerzan la guarda del menor.
d) Mayor puntuación obtenida en el apartado de rentas anuales de la unidad familiar.
e) Mayor puntuación obtenida en el apartado relativo a los padres, madres o tutores legales que trabajen en el centro.
f) En caso de continuar la situación de empate se seguirán comparando los restantes criterios según el orden establecido en el Artículo 7.1 del Decreto 24/2021, de 30 de marzo.
Si continuara la situación de empate se utilizaría el número aleatorio asignado a cada solicitud.
A cada solicitud presentada se la asignará un número aleatorio del intervalo 0-9999. Finalizado el período de presentación de solicitudes, se publicará un listado, en todos los centros educativos, con los números asignados a todas las solicitudes.
Las solicitudes presentadas por la Secretaría Virtual del Racima serán las únicas de las que se podrá conocer este número al hacer el trámite de presentación.
Si se presentan las solicitudes por cualquier otra vía, el número asignado no se conocerá hasta la publicación del listado.
Tras la finalización del período de presentación de solicitudes, se realizará un sorteo público para determinar el número y el orden, creciente o decreciente, que servirá como criterio de desempate. Se publicará una resolución con esta información.
El alumnado que, en el curso escolar actual 2021/2022, está escolarizado en algún centro público o privado concertado y no consigue plaza escolar en ninguno de los solicitados, mantiene su plaza escolar en el centro en el que está matriculado. Solamente se pierde la plaza escolar cuando se ha obtenido otra en otro centro.
El alumnado que se incorpora en el curso escolar 2022/2023 a La Rioja y no se le adjudica plaza escolar en ninguno de los centros solicitados, la Oficina de Escolarización Permanente le asignará una plaza en alguno de los centros públicos o privados concertados en los que haya plazas escolares vacantes y en función de las preferencias manifestadas en la solicitud.