Con la finalidad de reducir el riesgo de incendio en la ejecución de labores agrícolas durante la cosecha de cereal, pueden existir limitaciones o prohibiciones en función del índice de riesgo meteorológico de incendio forestal (índice IPOGIF). Además, dependerá de las condiciones meteorológicas que cada media hora recoja la estación del SIAR más cercana y de si la labor se realiza o no en zonas de peligro; es decir, en terrenos forestales y zonas aledañas, donde las condiciones son más restrictivas.

La información representada en el mapa que aparece a continuación, actualizado cada media hora (a 00.10 h y a 00.40 h) sigue un criterio de seguridad y el color de todo el municipio indica la situación más limitante en función del IPOGIF existente. Por ello, para tener un conocimiento más exacto de cómo actuar según el punto exacto donde se realicen las labores agrícolas, esta información necesita ser complementada con el mapa indicado arriba donde aparecen las zonas de peligro.

También se puede utilizar en el teléfono móvil un geovisor que permitirá a cada agricultor conocer en tiempo real las limitaciones existentes en la parcela en que se encuentre.

Municipios con actividades prohibidas

geovisor. Este enlace se abrirá en una ventana nueva

formulario red de alertas 4


Uso de cosechadoras, empacadoras y otras máquinas agrícolas

Color IPOGIF

Condiciones meteorológicas

Zona de peligro

Fuera de zona de peligro

ROJO

rojo

Extremo o superior

Temperatura ≥ 37 ºC

o

Velocidad del viento ≥20 km/h

Prohibidas

Permitidas pero cumpliendo las condiciones del Anexo II de la Orden 71/2024





NARANJA

naranja

Extremo o superior

Temperatura <37 ºC

y

Velocidad del viento <20 km/h

Permitidas con condiciones especiales:


Consultar todas las condiciones especiales: Anexo IV, Resolución 779/2024

Además, se deben cumplir las condiciones del Anexo II, Orden 71/2024.

AMARILLO

amarillo

Muy alto No afectan

Permitidas pero cumpliendo las condiciones del Anexo II de la Orden 71/2024.

BLANCO

blanco

Extremo o superior No hay datos disponibles en la estación SIAR más cercana.

Prohibidas por criterios de seguridad.

GRIS

gris

Fuera de la zona de influencia de las estaciones del SIAR.

VERDE

verde

Alto o inferior Sin restricciones


En caso de duda sobre su situación, siempre deberá tomar las medidas más restrictivas indicadas, incluyendo la prohibición de actividad.

La ejecución de labores incumpliendo las restricciones establecidas queda bajo la responsabilidad del operador y el posible inicio de procedimiento sancionador.


Normativa

  • Orden AGM/71/2024, de 3 de octubre, sobre prevención y lucha contra los incendios forestales en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
  • Resolución 779/2024, de 18 de junio, por la que se establecen limitaciones para la realización de determinadas actividades en base al riesgo de incendio forestal.


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