Los titulares de explotación podrán autorizar el acceso a la información y cumplimentación del REA y del CUE a diferentes tipos de entidades. A continuación se detalla el procedimiento a seguir para cada una de ellas.



Entidades de asesoramiento



Cuando un titular de explotación autorice a una Entidad de asesoramiento el acceso a la información y cumplimentación del REA y CUE, ésta, previamente, deberá recabar y dar de alta la autorización en el Registro de autorizaciones de SGA.

Las autorizaciones a recabar y firmar por el titular de la explotación serán las que se generan desde el módulo de captura de SGA.




Entidades habilitadas



Cuando un titular de explotación autorice el acceso a la información y cumplimentación del REA y CUE a una entidad –distinta de una Entidad de asesoramiento-, ésta deberá:

1. Solicitar el alta en el Registro de entidades habilitadas de La Comunidad Autónoma de La Rioja


2. Comunicar el personal autorizado por la entidad habilitada, que va a acceder a la información y a la cumplimentación de los datos del REA y CUE


3. Alta de las autorizaciones de cada uno de los titulares de explotación.

  • El documento de autorización a firmar y adjuntar, será el que se obtiene de la aplicación SGA al dar de alta la autorización.
  • El alta se realiza desde el aplicativo SGA (bloque MIS GESTIONES → REGISTRO DE AUTORIZACIONES → ALTA DE AUTORIZACIÓN e introducir los datos solicitados)
  • Manual alta autorización



4. Finalmente y, en los casos en los que la entidad utilice un CUE comercial, deberá darse de alta desde el aplicativo SGA en el bloque MIS EXPLOTACIONES → CUADERNOS DE EXPLOTACIÓN → ENTIDADES HABILITADAS CUE COMERCIAL e identificar la herramienta o herramientas comerciales que vaya a utilizar.


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Vigencia de las autorizaciones



Las autorizaciones recabadas tanto por entidades colaboradoras como habilitadas podrán tener:

  • Carácter anual: Campaña 2026/2027.
  • Multicampaña: Campaña 2026/2027 a campaña 2030/2031.
  • Multicampaña indefinida: Campaña 2026/2027 hasta baja de autorización.

En cualquier momento, los titulares de explotación podrán rescindir dichas autorizaciones.