El Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, en su artícolo 25, establece que los productores y distribuidores de productos fitosanitarios (PPFF) de uso profesional, y las entidades cuyas actividades comprendan la prestación de servicios de tratamientos fitosanitarios, llevarán un registro de todas las operaciones con dichos productos fitosanitarios.

Asimismo, el Real Decreto 285/2021, de 20 de abril, por el que se establecen las condiciones de almacenamiento, comercialización, importación o exportación, control oficial y autorización de ensayos con productos fitosanitarios, regula el Registro electrónico de transacciones y operaciones con productos fitosanitarios (RETO) con la finalidad de facilitar las labores de control y registro de las transacciones de dichos productos y garantizar su trazabilidad.

Para ello se ha creado, adscrito al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, un sistema informático denominado Registro electrónico de transacciones y operaciones con productos fitosanitarios (RETO), que gestionará dicho Ministerio.

¿Quiénes están obligados a registrar en RETO las transacciones con PPFF?

Los operadores inscritos en el sector suministrador y en el sector de tratamientos fitosanitarios del Registro Oficial de Productores y Operadores de Medios de Defensa Fitosanitaria (ROPO).

Es obligatorio desde el 10 de noviembre de 2021.

¿Qué procedimiento debe seguirse?

Para poder utilizar el RETO, en primer lugar, el operador debe estar inscrito previamente en el Registro Oficial de Productores y Operadores de Productos Fitosanitarios (ROPO), en el sector suministrador o bien el sector tratamientos del mismo, y, en segundo lugar, debe acceder al servicio de autorregistro mediante certificado digital válido en la siguiente dirección web:

https://www.mapa.gob.es/es/agricultura/temas/sanidad-vegetal/productos-fitosanitarios/reto/Este enlace se abrirá en una ventana nueva


¿Qué información mínima debe registrarse en el RETO?

1. Para los usuarios inscritos en el ROPO en el sector suministrador:

  • Identificación de la operación: compra o venta en España, importación paralela, importación UE/no UE y exportación UE/no UE.
  • Fecha de la transacción.
  • Identificación del producto fitosanitario con su nombre comercial, número de Registro y número de lote de fabricación.
  • Cantidad de producto objeto de la transacción (capacidad y número de envases).
  • Identificación del suministrador y del comprador indicando nombre y apellidos o razón social, dirección, NIF y número de inscripción en el ROPO.

2. Para los usuarios inscritos en el ROPO en el sector tratamientos:

  • Identificación de la operación: adquisición o aplicación.
  • En caso de adquisición, identificación del suministrador indicando nombre y apellidos o razón social, NIF y número de inscripción en el ROPO.
  • En caso de aplicación, identificación de la parte contratante del servicio indicando nombre y apellidos o razón social, dirección y NIF. Asimismo deberá reflejar el cultivo u objeto del tratamiento realizado.
  • Fecha de la operación.
  • Identificación del producto fitosanitario con su nombre comercial, número de Registro y número de lote de fabricación.
  • Cantidad de producto objeto de la transacción (capacidad y número de envases).

Normativa aplicable

  • Real Decreto 1311/2012,Este enlace se abrirá en una ventana nueva de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios.
  • Real Decreto 285/2021,Este enlace se abrirá en una ventana nueva de 20 de abril, por el que se establecen las condiciones de almacenamiento, comercialización, importación o exportación, control oficial y autorización de ensayos con productos fitosanitarios, y se modifica el Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios.
  • Decreto 2/2021, Este enlace se abrirá en una ventana nuevade 27 de enero, por el que se regula el Registro Oficial de Productores y Operadores de medios de defensa fitosanitarios en la Comunidad Autónoma de La Rioja.


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