El fuego bacteriano es una grave enfermedad causada por la bacteria Erwinia amylovora (Burril) Winslow, que afecta fundamentalmente a la familia de las rosáceas, produciendo cuando se establece importantes pérdidas económicas por daños directos en explotaciones de frutal de pepita en general y de manzano y peral en particular; así como en el sector de las plantas ornamentales pertenecientes a dicha familia.

Las especies susceptibles en La Rioja son:

  • Especies frutales: Pyrus (Peral), Malus (Manzano), Mespilus (Níspero) y Cydonia (Membrillo).
  • Plantas ornamentales: Amelanchier, Chaenomeles, Cotoneaster, Crataegus (Espino albar, acerolo), Eriobotrya, Photinia davidiana (Stranvaesia), Pyracantha y Sorbus (Serbal)

Peral afectado de fuego bacterianoPera con síntomas de fuego bacteriano


Solicitud de exclusión de zona protegida

En La Rioja se detectó fuego bacteriano en plantaciones del valle del Iregua en el año 2000 y, en 2011, aparecieron varios brotes en los principales municipios productores de Rioja Baja. A pesar de las actuaciones para controlar la enfermedad y evitar su propagación, su alto nivel de contagio y rápida expansión constataron que los focos eran cada vez más extensos y no era posible su erradicación en la comunidad autónoma.

Por ello, la Consejería de Agricultura, con fecha 3 de julio de 2012, decidió abandonar el estatus de zona protegida y declarar establecida en La Rioja esta enfermedad.

Desde la Sección de Protección de Cultivos se seguirá prestando un servicio de información y asesoramiento en relación al diagnóstico de esta enfermedad o a las actuaciones más aconsejables a realizar. Asimismo, a través del Boletín de Avisos Fitosanitarios también se informa sobre las fechas más adecuadas para los tratamientos preventivos.

Medidas fitosanitarias

Se deben adoptar las siguientes medidas fitosanitarias:

  • Para evitar la propagación de la enfermedad, el propietario o titular de las plantas afectadas tiene obligación de:
    • Arrancar y destruir de forma inmediata toda planta hospedante con síntomas, sin necesidad de un análisis bacteriológico que lo confirme.
    • Extirpar y destruir las partes de la planta hospedante con síntomas, mediante el corte efectuado, al menos, a 40 centímetros del límite proximal visible de la infección y con desinfección inmediata del instrumental empleado.

En ambos casos se efectuarán tratamientos fitosanitarios en las épocas adecuadas con un principio activo autorizado.

  • Para la introducción y desplazamiento de vegetales o productos vegetales hospedantes sólo es preceptivo el pasaporte fitosanitario de acompañamiento una vez que La Rioja queda fuera de la zona excluida.

Por otro lado, aquellos agricultores que opten por quemar los árboles o ramas afectadas, deben hacerlo en la misma parcela para evitar que la bacteria se extienda a otros lugares y además, previamente debe pedir la correspondiente autorización de quema.



Descargar ponencia sobre fuego bacteriano (Entrena, octubre 2018)